SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

Caracas 28 de abril de 2011

201º y 152º

Visto el escrito presentado en fecha 23 de septiembre de 2010, por los abogados Maurizio Cirrottola y Jesús A. Blanco, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos.79.345 y 112.747, respectivamente, actuando con el carácter de representantes del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE Y LAS COMUNICACIONES (MPPTC), por órgano de la Procuraduría General de la República, mediante presentan conclusiones y promueven pruebas, en la acción de nulidad que incoara la sociedad mercantil CNB 102.3 CARAQUEÑA RADIOEMISORA, C.A., y los ciudadanos RAIZA ELIZABETH ISTÚRIZ DE BELFORT, NELSON ENRIQUE BELFORT ISTÚRIZ, ANTONIO JOSÉ BELFORT ISTÚRIZ, ZAYRA ADELA BELFORT ISTÚRIZ Y LUIS MIGUEL BELFORT, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 177, de fecha 31 de julio de 2009, notificada el 1° de  agosto de 2009 (folio 119 del expediente), dictada por el ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, (ahora Ministro del Poder Popular para el Transporte y Comunicaciones), en el cual se resolvió, entre otros aspectos “…PRIMERO: DECLARAR que ha operado la renuncia del Título Administrativo Definitivo contenido en el Oficio N° 001007 de fecha 25 de septiembre de 1989, emitido por el Ministerio del Transporte y Comunicaciones, hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, a favor de la ciudadana ROSA YSBELIA RODRÍGUEZ DE GUISCAFRE, mediante el cual se autorizó el reinicio de las transmisiones regulares de la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, Frecuencia 102.3 MHz, Canal 72, reclasificada a Clase `B´, en la ciudad de Caracas, Distrito Federal (hoy Distrito Capital); en virtud de la omisión, por parte de la prenombrada ciudadana, de la consignación de la solicitud de transformación de dicho título. SEGUNDO: Declarar LA CESACIÓN de los efectos jurídicos del Título Administrativo Definitivo contenido en el Oficio N°  1167 de fecha 15 de diciembre de 1988, emitido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, a favor de ROSA YSBELIA RODRÍGUEZ DE GUISCAFRE, mediante el cual se autorizó el inicio regular de las transmisiones de la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (o amplitud modulada) Frecuencia 102.3 MHz, Canal 72, reclasificada a Clase `B´, en la ciudad de Caracas, Distrito Federal (hoy Distrito Capital) (…). TERCERO: Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de transformación presentada por el ciudadano NELSON ENRIQUE BELFORT ISTÚRIZ (…),  actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil CNB 102.3 CARAQUEÑA RADIOEMISORA, C.A. (…). CUARTO: Declara CONCLUIDO el procedimiento administrativo iniciado por el ciudadano NELSON ENRIQUE BELFORT ISTURIZ, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil CNB 102.3 CARAQUEÑA RADIOEMISORA, C.A. y ORDENAR a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones el archivo de la solicitud que dio origen al mismo…” (folios 126 y 127 del expediente. Resaltado del texto); este Juzgado, siendo la oportunidad de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

 

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en el capítulo “CUARTO”, subcapítulo “ÚNICO” del escrito de promoción de pruebas, el cual se contrae a reproducir el mérito favorable del expediente administrativo; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

  La Juez,

 

María Luisa Acuña López

                                                                                La Secretaria,

 

                                                                          Noemí del Valle Andrade

Exp. N° 2009-0737/dp.