SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

Caracas, 10 de enero de 2018

  207º y 158°

 

 

         Siendo que en esta fecha el apoderado judicial de la parte actora, Zazpiak Inversiones, S.A., consignó escrito de pruebas y anexos, se acuerda, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, reservarlos hasta el día siguiente a aquél en que venza el lapso de promoción.

         Sin perjuicio de ello, observa el Juzgado que el 27 de diciembre de 2017 fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el Decreto mediante el cual  la Asamblea Nacional Constituyente acordó la supresión y liquidación de la Alcaldía Metropolitana de Caracas, el Cabildo Metropolitano y la Contraloría Metropolitana, “todas estas del Área Metropolitana de Caracas (…) sus órganos y entes adscritos, a partir de la publicación del presente Decreto Constituyente en la Gaceta Oficial (…)”, y creó “Para la ejecución del presente Decreto (…) 1. Una Junta de Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas (…)”.

         Visto lo anterior, así como el cómputo realizado en esta misma fecha, aprecia el Juzgado que para el momento de la aludida supresión y liquidación de la Alcaldía Metropolitana de Caracas, la causa se encontraba en la fase de promoción de pruebas.

En virtud de las anotadas circunstancias, para garantizar el derecho a la defensa del demandado -a saber,  el extinto Distrito Metropolitano de Caracas- se acuerda notificar a la Junta de Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas.

Asimismo, se ordena notificar a la Procuraduría General de la República, a tenor de lo previsto en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrense oficios, anexándoles copias certificadas de este pronunciamiento.

Vencido el lapso contemplado en el citado artículo 109, la causa continuará en el estado procesal correspondiente.

         La Jueza,

 

Belinda Paz Calzadilla

                                                                  La Secretaria Acc.,

 

                                                                   Doris M. Baptista Pérez

 

 

Exp. N° 2015-1094/DA-JS

En fecha diez (10) de enero del año dos mil dieciocho (2018), se publicó la anterior decisión bajo el Nro. 

 

                                                                           La Secretaria Acc.,