SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 27 de enero de 2021

    210° y 161°

 

 

Por diligencia de fecha 15.12.2020, la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 177.626, Defensora Pública Auxiliar Segunda con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Casación Social,  Casación Civil, Político Administrativa, Plena y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia actuando en su carácter de Defensor Público, solicitó el pronunciamiento correspondiente, en el marco de la demanda que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, sigue el Banco Central de Venezuela, contra los ciudadanos Eliseo Aristóbulo Duarte Noguera, Carlos Adolfo Duarte Arrieta y Miguel Octavio Duarte, en su carácter de cesionarios de la sociedad mercantil CASA DE CAMBIO VIAJES VÍA ÚNICA, C.A.

Visto el anterior pedimento, esta Sustanciadora estima oportuno efectuar un recuento de las actuaciones pertinentes acaecidas en este proceso; y a tales efectos, se observa:

        Por decisión Nro. 309 de fecha 10 de noviembre de 2016, se acordó oficiar al Consejo Nacional Electoral (CNE), a los fines de solicitarle copia certificada del acta de defunción del ciudadano Carlos Adolfo Duarte Arrieta. Asimismo, se estimó pertinente librar oficio a la Defensa Pública para que designara un funcionario que representara a los ciudadanos Eliseo Aristóbulo Duarte Noguera, Carlos Adolfo Duarte Arrieta y Miguel Octavio Duarte, en virtud de la falta de localización del Defensor Ad-Litem.

         En fechas 17.11.16 y 28.3.17 se libraron los oficios Nros. 001098 y 00349, respectivamente, dirigidos a la Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), y 001099 y 00348, dirigidos a la Directora de la Defensa Pública.

El día 24.5.17, el abogado Eduard Enrrique Moreno Blanco, en su carácter de Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (Provisorio), presentó escrito manifestado su aceptación respecto a los ciudadanos Eliseo Aristóbulo Duarte Noguera y Miguel Octavio Duarte.

Por auto de fecha 31.5.17, se acordó ratificar la solicitud a la Oficina Regional de Registro Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) en relación a la verificación del fallecimiento del ciudadano Carlos Adolfo Duarte Arrieta, siendo librado a tal efecto el oficio 000668 del 7.06.2017.

         El 18.10.17 se dio cuenta de la recepción del oficio identificado con el alfanumérico ONRC/DOR/O 3117/2017, emanado de la Oficina Nacional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral, en el cual se anexó copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano Carlos Adolfo Duarte Arrieta.

         Por decisión Nro. 274 de fecha 25.10.17, este Juzgado ordenó comisionar a un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de la práctica de las citaciones de los ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando, herederos conocidos del ciudadano Carlos Adolfo Duarte Arrieta. Asimismo, acordó convocar a los herederos desconocidos y, en ese sentido, ordenó librar un edicto a los efectos indicados, siendo librado el 1°.11.17.

         Mediante diligencia de fecha 17.4.18, la abogada Claudia Elizabeth Moreno Chang, representante del Banco Central de Venezuela, consignó ejemplares de los edictos debidamente publicados.

         En fecha 1°.8.18 se dio cuenta de la recepción de la comisión sin cumplir emanada del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

         Por diligencia del 13.11.18 la representante judicial del Banco Central de Venezuela, solicitó la notificación de los ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando mediante boleta fijada en la cartelera del Tribunal.

En fecha 20.11.18 se dictó decisión Nro. 562, en la cual se ordenó –entre otros aspectos- oficiar al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), al Consejo Nacional Electoral (CNE), a objeto de que informen la dirección que aparece registrada en sus archivos de los ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando, en virtud de la imposibilidad de su citación. De igual forma, se ordenó oficiar a la Defensa Pública a fin de que se sirva asignar un defensor público a los herederos desconocidos del ciudadano Carlos Adolfo Duarte Arrieta, con quien se entenderían sus citaciones.

Por diligencias de fechas 31.1.19, 5.2.19 y 20.3.19, el Alguacil de este Juzgado consignó recibo de los oficios dirigidos al Consejo Nacional Electoral (CNE), al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), a la Defensa Pública y al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX).

En fechas 8.4.19 y 6.6.19, se recibió oficios emanados del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), respectivamente, mediante los cuales indicaron requerir el número de cédula de los ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando, para poder procesar la solicitud.

El día 4.7.19 se ratificó el oficio dirigido a la Defensa Pública, referente a la designación de un defensor público respecto a los herederos desconocidos, así como al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), al Consejo Nacional Electoral (CNE) con la información requerida, constando en autos su recepción el 17.719, 25.7.19 y 25.9.19.

En fecha 15.1.2020 se recibió respuesta del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

Por decisión Nro. 13 de fecha 22.1.2020, se ordenó comisionar a un Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo a los fines de que practicara la notificación de los ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando, asimismo, ordenó oficiar nuevamente a la Defensa Pública, al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) y al Consejo Nacional Electoral (CNE), a objeto de que informen la dirección de los ciudadanos premencionados.

En fechas 12.2.10, 20.2.20 y 10.3.20, el Alguacil de este Juzgado consignó acuse de recibo de los oficios dirigidos al Consejo Nacional Electoral (CNE), Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), Defensa Pública y de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

De lo antes mencionado, se evidencia que la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, Defensora Pública Auxiliar Segunda en este proceso ejerce la representación como defensora de los ciudadanos Eliseo Aristóbulo Duarte Noguera y Miguel Octavio Duarte y de los herederos desconocidos del ciudadano Carlos Adolfo Duarte Arrieta.

Asimismo, se deja establecido que aún se encuentra pendiente la citación personal de los herederos conocidos del de cujus, ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando, para la cual se libró la referida comisión como fue indicado líneas atrás.

De allí que, en esta oportunidad no corresponde a este Juzgado emitir pronunciamiento alguno relacionado con esta controversia.

         Ahora bien, no consta en autos las resultas de la comisión conferida al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, así como las respuestas del  Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) y del Consejo Nacional Electoral (CNE), motivo por el cual este Juzgado ordena: (i) Oficiar a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo,  a los fines de que informe el Juzgado al que correspondió conocer en virtud de la distribución de la comisión acordada en la decisión Nro. 13 de fecha 22.01.2020 y remitida mediante oficio Nro. 107 de fecha 29.1.2020; y, (ii) Ratificar los oficios Nros. 000110 y 000111, dirigidos al Consejo Nacional Electoral (CNE) y al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), respectivamente, a objeto de que remitan la información requerida, respecto a la dirección que aparece en sus archivos de los ciudadanos Aristóbulo Duarte Noguera e Irma Lucía Arrieta Ocando. Líbrense oficios acompañados de copias certificadas de este pronunciamiento.

                La Jueza,

 

 

       Belinda Paz Calzadilla

                                                                                   La Secretaria,                                                                     

                                                         

                                                                                                                                   

                María Corina Castillo Pérez

 

 

En fecha veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno (2021), se publicó la anterior decisión bajo el Nro.                            

                                                                                                   La Secretaria,