SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 19 de julio de 2005

195º y 146º

 

Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 6 de julio de 2005, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

 

Por escrito de fecha 25 de junio de 2004, la abogada Jeannette Escobar Vargas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.399, actuando en nombre propio, interpuso acción de nulidad contra la decisión dictada en fecha 22 de marzo de 2004, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual declaró “...SIN LUGAR, la ‘…SOLICITUD EXTRAORDINARIA DE NULIDAD EN SEDE ADMINISTRATIVA, interpuesto por la ciudadana JEANNETTE ESCOBAR VARGAS, contra el acto contenido en el Oficio N° 2404, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se acordó la separación de [su] cargo como Juez Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. (folio 452 de este expediente).

 

Este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto,  admite cuanto ha lugar en derecho la presente acción de nulidad.

 

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 eiusdem, se ordena citar a los ciudadanos Fiscal  General de la República,  Presidente de la Comisión  Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del presente auto. Líbrense oficios.

 

La citación de la  ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza  de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

Finalmente, líbrese el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.

La Juez,

 

María Luisa Acuña López                                   La Secretaria,                                        

                                                                     Noemí del Valle Andrade

Exp. N° 2004-0609/dp