SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 25 de noviembre de 2004

194º y 145º

 

 

Visto el escrito de fecha 28 de octubre de 2004, presentado por la abogada Yadira Rivas Zabala, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.154, actuando en su carácter de representante de la  República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual promueve pruebas en la demanda incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES H.C.V, C.A., contra su representada, por daños y perjuicios; este Juzgado, siendo la oportunidad de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

 

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las  documentales indicadas en los Capítulos I y II del escrito de promoción pruebas, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

 

Visto el pronunciamiento respecto de la admisión de las pruebas promovidas, este Juzgado ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio y anéxese copia certificada de los escritos de promoción de pruebas y de los autos de admisión de las mismas.

La Juez,

 

 

 María Luisa Acuña López

                                                                           La Secretaria,

 

 

                                                                      Noemí del Valle Andrade

Exp. N° 2000-890/ech.