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SALA
POLÍTICO-ADMINISTRATIVA
JUZGADO
DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 25 de noviembre de 2004
194º y 145º
Visto
el escrito de fecha 28 de octubre de 2004, presentado por la abogada Yadira Rivas Zabala, inscrita en el
Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.154, actuando en su
carácter de representante de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual
promueve pruebas en la demanda incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES
H.C.V, C.A., contra su representada, por daños y perjuicios; este Juzgado,
siendo la oportunidad de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes
términos:
Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente
ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva,
las documentales indicadas en los Capítulos I y II del escrito de
promoción pruebas, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de
los autos; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el
expediente.
Visto el pronunciamiento respecto de la admisión de las pruebas
promovidas, este Juzgado ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la
República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la
Procuraduría General de la República. Líbrese oficio y anéxese copia
certificada de los escritos de promoción de pruebas y de los autos de admisión
de las mismas.
La Juez,
La
Secretaria,
Exp. N° 2000-890/ech.