SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 22 de noviembre de 2018

 208º y 159°

 

        

Por decisión Nro. 553 del 8 de noviembre de 2018, este Juzgado, entre otros aspectos, estimó “(…) procedente la reapertura del lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho (…), a los efectos de notificar y juramentar al nuevo experto, con la advertencia de que en el transcurso del mismo corresponderá a la parte promovente impulsar las cargas inherentes a la conformación de la terna de expertos, a saber, el pago de honorarios, viáticos y demás emolumentos a dicho auxiliar de justicia, a fin de que tales auxiliares de justicia den inicio a la experticia ordenada (…)”. (Folio 206 Vto.).

 En tal sentido, se acordó notificar a la Procuraduría General de la República a tenor de lo dispuesto en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Ahora bien, en fecha 15 de noviembre de 2018, fueron librados el oficio Nro. 959 dirigido a la Procuraduría General de la República, así como la boleta de notificación al experto Ermides Rafael Palomino Núñez, titular de la cédula de identidad Nro. 6.236.006, y en el caso de este último, fue practicada la notificación por correo electrónico, conforme se desprende del folio 211 del expediente.

No obstante, aprecia el Juzgado que en el presente caso no consta aún en actas la notificación de la Procuraduría General de la República, de allí que, se deja sin efecto la notificación del ciudadano Ermides Rafael Palomino Núñez, practicada por correo electrónico el 15 de noviembre de 2018, y se advierte que la misma se llevará a cabo una vez que curse en el expediente la notificación de la Procuraduría General de la República y transcurrido el lapso a que se contrae el citado artículo 98, tal y como fue acordado en la decisión Nro. 553 del 8.11.18.

Asimismo, se establece que el prenombrado experto deberá comparecer ante este órgano jurisdiccional a las once horas (11:00 a.m.) de la mañana del tercer (3er.) día de despacho siguiente a su notificación, para que de su aceptación o excusa del cargo y en el primero de los casos preste el juramento de ley.    

       La Jueza,

Belinda Paz Calzadilla                                      

              La Secretaria,

                                                                Doris M. Baptista Pérez

En fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), se publicó la anterior decisión bajo el Nro.

                                                              La Secretaria,

 

 

 

 

Exp. N° 2012-1400/mc.