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SALA ELECTORAL
Caracas, 27 de abril de 2015
205º y 156°
Vista la Sentencia N° 59 dictada en fecha 21 de abril de 2015 mediante la cual esta Sala Electoral declaró: 1.- COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. 3.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento respecto a la medida cautelar innominada solicitada, se acuerda notificar al ciudadano JONATHAN DE JESÚS BOHÓRQUEZ(parte accionante), la referida Sentencia. Remítase copia certificada del fallo. Líbrese Boleta.
Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de notificar al ciudadano JONATHAN DE JESÚS BOHÓRQUEZ (parte accionante), con domicilio procesal en: Calle Buenos Aires con callejón Monte Rey, Casa N° 40 entre Córdoba y 34 de Ciudad Ojeda, municipio Lagunillas del estado Zulia, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de ocho (08) días para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCIA
Exp. Nº AA70-E-2015-000029
IMAI/pc
TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano JONATHAN DE JESÚS BOHÓRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.15.319.166, en su alegada condición de asociado a la CAJA DE AHORROS Y PRÉSTAMOS DE LOS TRABAJADORES Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP), asistido por el abogado José Alfredo Canelón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.587, “…contra las actuaciones de la Comisión Electoral que dirige el proceso electoral del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia…”, cuyo acto de votación está pautado para el 21 de abril de 2015, esta Sala por auto de esta misma fecha acordó comisionarlo a fin de que se practiquen las diligencias necesarias para notificar del fallo N° 59 dictado en fecha 21 de abril de 2015 al ciudadano JONATHAN DE JESÚS BOHÓRQUEZ (parte accionante). A tal fin se remite boleta de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala Electoral, a la mayor brevedad posible, se le informa que dispone de un lapso de ocho (08) días para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 27 de abril de 2015.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCIA
Exp. Nº AA70-E-2015-000029
IMAI/pc
En veintisiete (27) de abril de 2015, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de notificar a la parte accionante del fallo N° 59 dictado el 21 de abril de 2015.
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Exp. N° AA70-E-2015-000029
Caracas, 27 de abril de 2015
Oficio Nº 15-215
Ciudadano
Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se le comisionó para que practique la notificación indicada en el despacho que a tal fin se remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano JONATHAN DE JESÚS BOHÓRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.15.319.166, en su alegada condición de asociado a la CAJA DE AHORROS Y PRÉSTAMOS DE LOS TRABAJADORES Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP), asistido por el abogado José Alfredo Canelón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.587, “…contra las actuaciones de la Comisión Electoral que dirige el proceso electoral del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia…”, cuyo acto de votación está pautado para el 21 de abril de 2015.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp. AA70-E-2015-000029
IMAI/pc
B O L E T A
Caracas, 27 de abril de 2015
205º y 156º
SE HACE SABER:
Al ciudadano JONATHAN DE JESÚS BOHÓRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro.15.319.166, que esta Sala en fecha 21 de abril de 2015 dictó Sentencia N° 59, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por Usted, en su alegada condición de asociado a la CAJA DE AHORROS Y PRÉSTAMOS DE LOS TRABAJADORES Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP), asistido por el abogado José Alfredo Canelón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 38.587, “…contra las actuaciones de la Comisión Electoral que dirige el proceso electoral del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia…”, cuyo acto de votación está pautado para el 21 de abril de 2015. En dicha decisión esta Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional. 3.- INOFICIOSO emitir pronunciamiento respecto a la medida cautelar innominada solicitada. Se remite copia certificada de la referida sentencia.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCIA
Firma:________________
Fecha:________________
Exp. Nº AA70-E-2015-000029
IMAI/pc