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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 03 de abril de 2017
206º y 158º
Visto que en fecha 30 de marzo de 2017 fueron recibidas las resultas de la comisión librada en fecha 20 de abril de 2016 al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante la cual se ordenó notificar por tercera vez la Sentencia N° 182 del 05 de noviembre de 2014 y el auto del 24 de noviembre de 2014 al ciudadano Jorge Alfredo Ruiz Casanova (parte recurrente), en su domicilio procesal, esto es: Calle Piar, N° 15, San Fernando de Apure, Municipio San Fernando de Apure, estado Apure, en tal sentido este Juzgado observa que de los resultados arrojados por la comisión conferida el Alguacil del mencionado Tribunal practicó la notificación del prenombrado ciudadano en domicilio distinto al indicado y fue recibida por persona distinta de las señaladas en el auto de fecha 24 de noviembre de 2014 y en el auto de fecha 05 de mayo de 2015; en consecuencia, se acuerda librar por cuarta vez nueva boleta de notificación al ciudadano Jorge Alfredo Ruiz Casanova (parte recurrente), a los fines de que el mencionado Juzgado deje expresa constancia de haberse trasladado a la Calle Piar, N° 15, San Fernando de Apure, Municipio San Fernando de Apure, estado Apure, y de no ser así haga entrega personalmente al prenombrado ciudadano de su boleta de notificación, indicándole que debe agotar los extremos de los artículos 218, 233 y 238 del Código de Procedimiento Civil, y enviar las resultas de dicha comisión, de una forma expedita, so pena de aplicársele la sanción prevista en el artículo 122 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia . Remítasele copia certificada de la Sentencia N° 182 del 05 de noviembre de 2014, del auto de fecha 24 de noviembre de 2014, del auto de fecha 05 de mayo de 2015, del auto de fecha 20 de abril de 2016 y del presente auto. Líbrese Boleta.
Igualmente, líbrese nuevo Oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexándole copia certificada del auto de fecha 24 de noviembre de 2014, del auto de fecha 05 de mayo de 2015, del auto de fecha 20 de abril de 2016 y su despacho, así como copia certificada del presente auto, a los fines de dar cumplimiento a la comisión que le fuese dada. Líbrese Oficio.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2014-000084
IMAI/ilp/dp/ds
En tres (03) de abril de 2017, se deja constancia que se libró Oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en los autos dictados en fecha 24 de noviembre de 2014, 05 de mayo de 2015, del auto de fecha 20 de abril de 2016 y 03 de abril de 2017.
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2014-000084
IMAI/ilp/dp/ds
Caracas, 03 de abril de 2017
Oficio Nº 17.251
Ciudadano
Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure.
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento al auto dictado en esta misma fecha, en el cual se acordó librar nueva boleta de notificación al ciudadano Jorge Alfredo Ruiz Casanova (parte recurrente), a los fines de notificarlo de la Sentencia N° 182 del 05 de noviembre de 2014, del auto de fecha 24 de noviembre de 2014, ello para dar cumplimiento a la comisión librada mediante autos de fecha 24 de noviembre de 2014, 05 de mayo de 2015, 20 de abril de 2016. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas por el ciudadano JORGE ALFREDO RUIZ CASANOVA, titular de la cédula de identidad número 9.465.208, actuando en su carácter de “…miembro activo de la Caja de Ahorro (sic) de la Policía del Estado (sic) Apure y candidato al cargo de presidente del consejo de administración de la Caja de Ahorros de la Policía del Estado (sic) Apure…”, asistido por la abogada Janet Coromoto Aguilar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.900, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros de la Policía del estado Apure (C.A.P.E.A.), cuyo acto de votación tuvo lugar el 03 de noviembre de 2006.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2014-000084
IMAI/ilp/dp/ds
B O L E T A
Caracas, 03 de abril de 2017
206º y 158º
SE HACE SABER:
Al ciudadano JORGE ALFREDO RUIZ CASANOVA, titular de la cédula de identidad N° 9.465.208, (parte recurrente), y/o sus apoderados judiciales abogados Yanet Aguilar y Leonardo Camargo, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 95.900 y 100.382, respectivamente, que en fecha 05 de noviembre de 2014 esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 182 en el expediente contentivo recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas por usted, actuando en su carácter de “…miembro activo de la Caja de Ahorro (sic) de la Policía del Estado (sic) Apure y candidato al cargo de presidente del consejo de administración de la Caja de Ahorros de la Policía del Estado (sic) Apure…”, asistido por la abogada Janet Coromoto Aguilar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.900, contra el proceso electoral celebrado en la Caja de Ahorros de la Policía del estado Apure (C.A.P.E.A.), cuyo acto de votación tuvo lugar el 03 de noviembre de 2006. En dicho fallo la Sala declaró: 1.- ACEPTÓ LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas. 2. ADMITIÓ el recurso. 3. IMPROCEDENTE la solicitud de medidas cautelares innominadas. Asimismo, se le informa que este Juzgado de Sustanciación por auto de fecha 24 de noviembre de 2014 acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamos de la Policía del estado Apure (C.A.P.P.E.A.), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, e indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, y vencido el lapso otorgado para la consignación de los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia, del auto de fecha 24 de noviembre de 2014, del auto de fecha 05 de mayo de 2015, del auto de fecha 20 de abril de 2016 y del auto dictado en esta misma fecha.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Firma: ________________
Fecha: ________________
Se anexa lo indicado
Exp. N° AA70-E-2014-000084
IMAI/ilp/dp/ds