JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 09 de agosto de 2017

207º y 158º

 

Visto que en fecha 27 de julio de 2017 fue recibido el oficio N° 525 de fecha 03 de julio de 2017, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 05 de octubre de 2011, mediante el cual se ordenó notificar al ciudadano REIMUNDO URDANETA (recurrente), y la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.” (parte recurrida), la Sentencia N° 80 dictada fecha 20 de julio de 2011 dictada por esta Sala, y por cuanto de las resultas de la comisión conferida se observa que el Alguacil del mencionado Juzgado manifestó que se trasladó al domicilio procesal señalado en referida comisión, siendo infructuosa la práctica de las notificaciones encomendadas en virtud de que los abogados que se encontraban presentes carecían de poder para recibir las boletas de notificación, en razón de ello y visto que no consta en autos otro domicilio a los fines de practicar la notificación personal del referido ciudadano ni de esa Comisión Electoral, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel a los fines de notificarles la Sentencia N° 80 dictada fecha 20 de julio de 2011 por esta Sala, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se les tendrá por notificados. Líbrese Carteles.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                       La Secretaria,

 

 

 

                                                                         INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2008-000012

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

 

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 09 de agosto de 2017

207° y 158°

SE HACE SABER:

 

Al ciudadano REIMUNDO URDANETA, titular de la cédula de identidad N° 9.354.044,  que esta Sala Electoral en fecha 20 de julio de 2011 dictó Sentencia N° 80 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos por Usted y los ciudadanos JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLO VIRGÜEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA y ANTONIO OLIVAR BETANCOURT, titulares de la cédula de identidad número 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694 y 4.169.885, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la abogada Rosa Rondón, en el sentido que la Sala “se sirva […] dar cumplimiento a las sanciones a que diera lugar”, en virtud del presunto incumplimiento por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Unión Valencia A. C.”, de lo ordenado por las sentencias de la Sala Electoral números 96 y 184, de fechas 4 de junio de 2009 y 16 de diciembre de 2009, respectivamente. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados. Asimismo, se indica que el presente cartel igualmente será publicado en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                       La Secretaria,

 

             INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2008-000012

IMAI/ilp/ds

 


CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 09 de agosto de 2017

207° y 158°

SE HACE SABER:

 

A la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “UNIÓN VALENCIA A.C.”,  que esta Sala Electoral en fecha 20 de julio de 2011 dictó Sentencia N° 80 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos por los ciudadanos JESÚS ALBERTO GARCÍA, FREDDY TORRES, PABLO VIRGÜEZ, ORLANDO RAFAEL PERDOMO VALERA, ANTONIO OLIVAR BETANCOURT y REIMUNDO URDANETA, titulares de la cédula de identidad número 3.512.572, 3.787.007, 4.387.825, 4.918.694, 4.169.885 y 9.354.044, respectivamente, asistidos por la abogada Rosa Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.467, contra el proceso electoral celebrado en la Asociación Civil “Unión Valencia A.C.”, para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación Civil. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la abogada Rosa Rondón, en el sentido que la Sala “se sirva […] dar cumplimiento a las sanciones a que diera lugar”, en virtud del presunto incumplimiento por parte de la Comisión Electoral de la Asociación Civil “Unión Valencia A. C.”, de lo ordenado por las sentencias de la Sala Electoral números 96 y 184, de fechas 4 de junio de 2009 y 16 de diciembre de 2009.  A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados. Asimismo, se indica que el presente cartel igualmente será publicado en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                       La Secretaria,

 

 INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2008-000012

IMAI/ilp/ds