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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 14 de agosto de 2017
207º y 158º
Vista la Sentencia N° 142 dictada en fecha 10 de agosto de 2017, mediante la cual esta Sala Electoral ORDENÓ notificar a la asociación civil Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) y al Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital para que en un lapso de los tres (03) días de despacho siguientes, a que conste en autos la última notificación, consignen el Estatuto de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 22 de abril de 2002, bajo el número 13, Tomo 6, Protocolo Primero, así como el Acta de la Asamblea Extraordinaria de Asociados de fecha 20 de febrero de 2004, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Esta Sala acuerda notificar a la asociación civil Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) y al Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, anexándole copia certificada de la referida sentencia. Líbrense Oficios.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/ds
Caracas, 14 de agosto de 2017
Oficio Nº __________
Ciudadano
REGISTRO SUBALTERNO DEL PRIMER CIRCUITO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 10 de agosto de 2017 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 142 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo la Sala Electoral ORDENÓ notificar a la asociación civil Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) y al Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital para que en un lapso de los tres (03) días de despacho siguientes, a que conste en autos la última notificación, consignen el Estatuto de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 22 de abril de 2002, bajo el número 13, Tomo 6, Protocolo Primero, así como el Acta de la Asamblea Extraordinaria de Asociados de fecha 20 de febrero de 2004, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/ds
Caracas, 14 de agosto de 2017
Oficio Nº __________
Ciudadano
ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.)
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 10 de agosto de 2017 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 142 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por los ciudadanos IGNACIO ÁVILA GUERRA, ALFREDO RAMÓN GUTIÉRREZ TOVAR y JESÚS RIVERA, titulares de la cédula de identidad N° 9.482.546, 4.461.890 y 3.971.597, respectivamente, invocando la condición de asociados a la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, contra el proceso electoral organizado por la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja, celebrado el día 09 de diciembre de 2015. En dicho fallo la Sala Electoral ORDENÓ notificar a la asociación civil Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.) y al Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital para que en un lapso de los tres (03) días de despacho siguientes, a que conste en autos la última notificación, consignen el Estatuto de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 22 de abril de 2002, bajo el número 13, Tomo 6, Protocolo Primero, así como el Acta de la Asamblea Extraordinaria de Asociados de fecha 20 de febrero de 2004, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp.N°AA70-E-2016-000011
IMAI/ilp/ds