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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 14 de agosto de 2017
207º y 158º
Vista la Sentencia N° 133 dictada en fecha 10 de agosto de 2017, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos, se acuerda notificar a los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO (parte recurrente), a la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano (parte recurrida) y al Ministerio Público. Remítaseles copia certificada del referido fallo. Líbrese Boleta y Oficios.
Igualmente, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO (parte recurrente), en el siguiente domicilio: Centro Empresarial Ferro Casa, Torre B, Pb, Puerto Ordaz, estado Bolívar, teléfonos: 0424-957.15.30 – 0412-617.26.92.
En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de ocho (08) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. Nº AA70-E-2017-000002
IMAI/ilp/dp
En catorce (14) de agosto de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO (parte recurrente), el fallo N° 133 dictado en fecha 10 de agosto de 2017.
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. N° AA70-E-2017-000002
IMAI/ilp/dp
TRIBUNAL COMISIONADO: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor).
TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos Nicolás Suarez Delgado, Lara Rodríguez Nagger, Franco Fasciana Azócar, Miguel Luis Camargo, Andrés Brito España, José Luis Danglad, jesús Manuel Alvarado, Elis Lucidio Morán Morán , Wilson Javier Soto, Héctor Rojas y Telmo Miguel Moreno, asistidos por el abogado HERNÁN DARÍO GÓMEZ MERCADO contra “(…) el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), esta Sala acordó comisionar para notificar a los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO (parte recurrente), el fallo N° 133 dictado en fecha 10 de agosto de 2017. A tal fin se remite boleta de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de ocho (08) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 14 de agosto de 2017.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. N° AA70-E-2017-000002
IMAI/ilp/dp
Caracas, 14 de agosto de 2017
Oficio Nº 17.570
Ciudadano
Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor).
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos Nicolás Suarez Delgado, Lara Rodríguez Nagger, Franco Fasciana Azócar, Miguel Luis Camargo, Andrés Brito España, José Luis Danglad, jesús Manuel Alvarado, Elis Lucidio Morán Morán , Wilson Javier Soto, Héctor Rojas y Telmo Miguel Moreno, asistidos por el abogado HERNÁN DARÍO GÓMEZ MERCADO contra “(…) el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF).
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2017-000002
IMAI/ilp/dp
B O L E T A
Caracas, 14 de agosto de 2017
207º y 158º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO, titulares de la cédula de identidad Nos. 9.498.264, 13.501.402, 4.622.559, 2.803.798, 11.659.210, 12.394.422, 19.181.275, 4.070.060, 2.039.189, 13.057.944 y 20.399.199, respectivamente, y/o su apoderado Judicial el abogado HERNÁN DARÍO GÓMEZ MERCADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 79.480, que esta Sala Electoral en fecha 10 de agosto de 2017 dictó Sentencia N° 133 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos por ustedes contra “(…) el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada del mencionado fallo.
Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Firma:________________
Fecha :________________
Exp. Nº AA70-E-2017-000002
IMAI/ilp/dp
Caracas, 14 de agosto de 2017
Oficio Nº 17.571
Ciudadanos
JOSÉ DE JESÚS BARAZARTE, FRANCISCO JOSÉ SILVIO y VALMORE RAFAEL GUEVARA.
Miembros de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano.
Su Despacho
Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 10 de agosto de 2017 dictó Sentencia N° 133 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos Nicolás Suarez Delgado, Lara Rodríguez Nagger, Franco Fasciana Azócar, Miguel Luis Camargo, Andrés Brito España, José Luis Danglad, jesús Manuel Alvarado, Elis Lucidio Morán Morán , Wilson Javier Soto, Héctor Rojas y Telmo Miguel Moreno, asistidos por el abogado HERNÁN DARÍO GÓMEZ MERCADO contra “(…) el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada del mencionado fallo.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº AA70-E-2017-000002IMAI/ilp/dp
Caracas, 14 de agosto de 2017
Oficio Nº 17.572
Ciudadano
TAREK WILLIAM SAAB
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 10 de agosto de 2017 dictó Sentencia N° 133 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos Nicolás Suarez Delgado, Lara Rodríguez Nagger, Franco Fasciana Azócar, Miguel Luis Camargo, Andrés Brito España, José Luis Danglad, jesús Manuel Alvarado, Elis Lucidio Morán Morán , Wilson Javier Soto, Héctor Rojas y Telmo Miguel Moreno, asistidos por el abogado HERNÁN DARÍO GÓMEZ MERCADO contra “(…) el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos. Se remite copia certificada del mencionado fallo.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº AA70-E-2017-000002
IMAI/ilp/dp