SALA ELECTORAL

Caracas, 04 de diciembre de 2014

204º y 155º

 

Vista la Sentencia N° 195 dictada por la Sala Electoral en fecha 19 de noviembre de 2014, mediante la cual declaró: 1.- NEGÓ el pedimento del abogado Wilmer Partidas Rangel, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Zulia (SUMA-ZULIA) y del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Zulia, de que se abra la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de desacato planteada por el abogado Virgilio Briceño, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, se acuerda notificar a los ciudadanos Juan Carlos Montilla y Juan Carlos Barrios (parte recurrente) y al Ministerio Público el mencionado fallo, remitiéndoles copia certificada de la nombrada sentencia. Líbrese Boleta y Oficio.

 

      Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se comisiona al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS (parte recurrente), con domicilio procesal en: Desarrollo Habitacional Ciudad del Sol, Bloque 8, Apartamento 0006, PB, Municipio San Francisco, estado Zulia, para lo cual se ordena librar  despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

Presidente,

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORRELABA          

               La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

 

 

Exp. Nº AA70-E-2013-000006                                          

FRVT/pc

              

 

 

 


 

 

En cuatro (04) de diciembre de 2014, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS (parte recurrente), la Sentencia N° 195 de fecha 19 de noviembre de 2014.

 

 

 

 

        La Secretaria,

 

 

      PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

 

 

Exp. AA70-E-2013-000006

 

 

 

 

 

 

 

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con “amparo cautelar de suspensión de efectos” por los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS, titulares de la cédula de identidad N° 9.788.823 y 7.755.998, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Machado Del Gallego, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.278, contra la “ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO ZULIA (SUMA-ZULIA) que está organizando el venidero proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva y autoridades del referido Sindicato” período 2013-2016, cuyo acto de votación se fijó para el 14 de febrero de 2013, esta Sala por auto de esta misma fecha acordó comisionar a fin de que se practique las diligencias necesarias para notificar del fallo N° 195 dictado en fecha 19 de noviembre de 2014, a los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS (parte recurrente). A tal fin se remite boleta de notificación. 

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala Electoral, a la mayor brevedad posible, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 04 de diciembre de 2014.

El Presidente,

 

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORRELABA                     

                                                                        La Secretaria,

                                                                                    

                                                                                 PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. AA70-E-2013-000006

FRVT/pc 

 

 

Caracas, 04 de diciembre de 2014

Oficio Nº 14-671

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor).

Su Despacho.-

 

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para que practique la notificación indicada en el despacho que a tal fin se remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con “amparo cautelar de suspensión de efectos” por los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS, titulares de la cédula de identidad N° 9.788.823 y 7.755.998, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Machado Del Gallego, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.278, contra la “ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO ZULIA (SUMA-ZULIA) que está organizando el venidero proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva y autoridades del referido Sindicato” período 2013-2016, cuyo acto de votación se fijó para el 14 de febrero de 2013.

 

Atentamente,

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORRELABA

Presidente de la Sala Electoral

 

 

 

Exp. AA70-E-2013-000006

FRVT

 

 

 

 

Caracas, 04 de diciembre de 2014

Oficio Nº 14-672

Ciudadana

LUISA ORTEGA DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela      

Su Despacho.-

  

 

              Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 19 de noviembre de 2014 dictó Sentencia N° 195 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con “amparo cautelar de suspensión de efectos”, interpuesto por los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS, titulares de la cédula de identidad N° 9.788.823 y 7.755.998, respectivamente, asistidos por el abogado Carlos Machado Del Gallego, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.278, contra “… la ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO ZULIA (SUMA-ZULIA) que está organizando el venidero proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva y autoridades del referido Sindicato, período 2013-2016, cuyo acto de votación se fijó para el 14 de febrero de 2013…”. En dicho fallo la Sala Electoral declaró: 1.- NEGÓ el pedimento del abogado Wilmer Partidas Rangel, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Zulia (SUMA-ZULIA) y del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Zulia, de que se abra la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de desacato planteada por el abogado Virgilio Briceño, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Juan Carlos Montilla y Juan Carlos Barrios. Se remite copia certificada de la referida sentencia. 

Atentamente,

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E- 2013-000006

FRVT

 

B O L E T A

Caracas, 04 de diciembre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

 

A los ciudadanos JUAN CARLOS MONTILLA y JUAN CARLOS BARRIOS, titulares de la cédula de identidad N° 9.788.823 y 7.755.998, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales Virgilio Briceño, María Gabriela Briceño y María del Rosario Briceño, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, 101.212 y 114.403, respectivamente, que esta Sala Electoral en fecha 19 de noviembre de 2014 dictó Sentencia N° 195 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con “amparo cautelar de suspensión de efectos”, interpuesto por Ustedes, contra “… la ELECCIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO ZULIA (SUMA-ZULIA) que está organizando el venidero proceso electoral para elegir a los integrantes de la Junta Directiva y autoridades del referido Sindicato, período 2013-2016, cuyo acto de votación se fijó para el 14 de febrero de 2013…”. En dicho fallo la Sala Electoral declaró:  1.- NEGÓ el pedimento del abogado Wilmer Partidas Rangel, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Junta Electoral Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Zulia (SUMA-ZULIA) y del Comité Directivo Regional del Sindicato Unitario del Magisterio del Estado Zulia, de que se abra la articulación probatoria prevista en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de desacato planteada por el abogado Virgilio Briceño, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Juan Carlos Montilla y Juan Carlos Barrios. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

 

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

 

El Presidente,

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA           La Secretaria,

 

         PATRICIA CORNET GARCÍA

 

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2013-000006

FRVT/pc