Sala Electoral

 

Caracas 03 de diciembre de 2015

205º y 156º

 

Vista la Sentencia Nº 222 publicada por esta Sala Electoral en fecha 18 de noviembre de 2015, mediante la cual la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada  por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordenó a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa, este Juzgado de Sustanciación acuerda notificar a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX). Remítase copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Oficio.

Igualmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público, anexándole copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 222 dictada en fecha 18 de noviembre de 2015 y del presente auto. Líbrese Oficio.

Asimismo, este Juzgado de Sustanciación acuerda notificar al Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX). Remítase copia certificada del escrito libelar, de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Oficio.

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la Comisión Electoral y al Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), en la siguiente dirección: Avenida Fuerza Armada, Zona Industrial Matanza, Edificio Industrial Bauxilum, Departamento Gerencia de Personal, Puerto Ordaz, estado Bolívar. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de ocho (08) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

Igualmente, se acuerda notificar la Sentencia N° 222 dictada en fecha 18 de noviembre de 2015 y el auto de fecha 03 de diciembre de 2015 a los ciudadanos Wilfredo Flores, Luis Marin, Abelardo Katta, Wolfgang Durand, Héctor Montañez, Marisol Díaz, Romel Ramírez, Ángel Pérez, Dayanari Ruiz, Pedro Guapez, Wilmer Tenias, Giovanny Martínez, Domingo Vásquez, Gustavo Gorrochotegui, Alexis Malavé, Efren Ramírez, Pedro Cordova, Enodio Celis, Greize Romero, Luis Duran, Jin Vasquez, Leonardo León, Belkis Lugo, Alfredo Quilarque, Ramón Santamaría, Karla Tibaduiza, Erguin Mora, Hugo Arevalo, José Waldrop, Justillo Pereira, José Leal, Izaida Manzano, Marcia Barrios, Oraima Duarte, Carlos Rodríguez, Merlin Trisera, Carlos Carias, Félix Lara, Darwin Malavé, Yelitza Rumbos, Librada Jauregui, Leopoldo Loreto, Errick Bailey, Luis Carrasquel y Haidee Gudiño (candidatos integrantes de la Plancha EQUIPO 14), Bencomo Rujano, Lizmara Meneses, Liomary Espina, Manuel Torres, Mireiza Marcano, Joan Perero, Manuel Licet, Marisel Benavides, Raquel Cequra, Gladys Pedraz, Ángel Salmeron, Martha Arredondo, Manzour Mezzoni, José Ojeda, José Molina, Jenny Penso, Nancy Rodríguez, Wirley García, Heberto Malvar, Luis Coro, Arali Matheus, Pedro Pereira, Abelardo Ortíz, Carlos Ochoa, Robin Zuleta, Alfredo Gutiérrez, Rigoberto Travieso, Alicia Betancourt, Dicso Silva, Osmal Delgado, Jorge Ramos, Candelario Rausseo, Miguel Bravo, Osman Ochoa, Antonio Medrano, José Salcedo, Darwin Mujica, Carmen Medina (candidatos integrantes de la Plancha UGAB 89), Juana Anzoátegui, Eladio Bermúdez y Juan Acosta (integrantes de la Plancha INDEPENDIENTE) y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda librar carteles, con la de advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificados. Líbrese Carteles.

   Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indica que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                     

     La Secretaria (E),

 

 

                INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr

 

 

 


 

En tres (03) de diciembre de 2015, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral y al Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), el fallo Nº 222 dictado por esta Sala el día 18 de noviembre de 2015 y el auto de fecha 03 de diciembre de 2015.

 

La Secretaria (E),

 

 

 

    INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

 

 

 

Exp. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr

 


TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares, por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la Comisión Electoral y al Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), la Sentencia N° 222 y el auto dictado en fecha 03 de diciembre de 2015. A tal fin se remite Oficios de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de ocho (08) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

         Caracas, 03 de diciembre de 2015.

La Presidenta,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                          

La Secretaria (E),

              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

Exp. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr

 


 

Caracas, 03 de diciembre de 2015

Oficio Nº 15-708.

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz (Distribuidor).

Su Despacho.-

 

Tengo a bien dirigirme a usted, a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares, por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la Comisión Electoral y al Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX).

Atentamente,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr


Caracas, 03 de diciembre de 2015

Oficio Nº 15-709.

Ciudadano

IRENE MANZANO, MARCOS SARMIENTO, JOSÉ GUTIÉRREZ, FÉLIX MARCANO y ARGIMIRO MADURO. Integrantes de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX).

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de hacer notificarles que en fecha 18 de noviembre de 2015, la Sala Electoral dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargo de Secretario General y Secretario de Organización. En dicho fallo la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordenó a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa. Asimismo, se les informa que se podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 03 de diciembre de 2015 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del referido auto.

Atentamente,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI

 

Caracas, 03 de diciembre de 2015

Oficio Nº  15-711.

Ciudadana

LUISA ORTEGA DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho.-

 

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo, copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargo de Secretario General y Secretario de Organización. Asimismo, se remite copia certificada de la Sentencia N° 222 en fecha 18 de noviembre de 2015, en el cual la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada  por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordenó a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 03 de diciembre de 2015 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del mencionado auto.

Atentamente,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr


Caracas, 03 de diciembre de 2015

Oficio Nº 15-710.

Ciudadanos

DAVID ELÍAS TORRES PARRA, FERNANDO LISTA, BENCOMO RUJANO, LIZMARA MENESES y LIOMARY ESPINA.

Integrantes del Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX).

Su Despacho

 

Me dirijo a ustedes a fin de hacer notificarles que en fecha 18 de noviembre de 2015, la Sala Electoral dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión de la proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargo de Secretario General y Secretario de Organización. En dicho fallo la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada  por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordenó a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa. Asimismo, se les informa que se podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 03 de diciembre de 2015 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del referido auto.

Atentamente,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2015-000044

IMAI

 



CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 03 de diciembre de 2015

SE HACE SABER:

A los ciudadanos WILFREDO FLORES, LUIS MARIN, ABELARDO KATTA, WOLFGANG DURAND, HÉCTOR MONTAÑEZ, MARISOL DÍAZ, ROMEL RAMÍREZ, ÁNGEL PÉREZ, DAYANARI RUIZ, PEDRO GUAPEZ, WILMER TENIAS, GIOVANNY MARTÍNEZ, DOMINGO VÁSQUEZ, GUSTAVO GORROCHOTEGUI, ALEXIS MALAVÉ, EFREN RAMÍREZ, PEDRO CORDOVA, ENODIO CELIS, GREIZE ROMERO, LUIS DURAN, JIN VASQUEZ, LEONARDO LEÓN, BELKIS LUGO, ALFREDO QUILARQUE, RAMÓN SANTAMARÍA, KARLA TIBADUIZA, ERGUIN MORA, HUGO AREVALO, JOSÉ WALDROP, JUSTILLO PEREIRA, JOSÉ LEAL, IZAIDA MANZANO, MARCIA BARRIOS, ORAIMA DUARTE, CARLOS RODRÍGUEZ, MERLIN TRISERA, CARLOS CARIAS, FÉLIX LARA, DARWIN MALAVÉ, YELITZA RUMBOS, LIBRADA JAUREGUI, LEOPOLDO LORETO, ERRICK BAILEY, LUIS CARRASQUEL y HAIDEE GUDIÑO (integrantes de la Plancha EQUIPO 14), titulares de la cédula de identidad N° 5.900.619, 8.960.564, 8.440.778, 9.205.123, 8.877.741, 10.930.660, 8.642.780, 8.469.771, 12.855.795, 15.246.541, 8.337.409, 9.947.201, 12.913.068, 9.945.786, 10.553.609, 10.572.467, 4.948.290, 13.546.795, 9.903.514, 4.386.962, 11.048.228, 15.972.276, 7.830.340, 3.851.200, 8.870.535, 17.658.738, 12.184.426, 4.354.578, 6.930.513, 7.333.024, 8.941.832, 5.558.504, 13.311.159, 5.871.576, 9.938.565, 15.246.421, 12.016.298, 8.642.345, 12.959.017, 7.263.530, 9.212.447, 8.554.981, 8.851.401, 6.880.138 y 5.785.027, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 18 de noviembre de 2015 dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargos de Secretario General y Secretario de Organización. En dicho fallo la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada  por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordenó a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa. Asimismo, se les informa que se podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 03 de diciembre de 2015 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

    INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 03 de diciembre de 2015

SE HACE SABER:

A los ciudadanos BENCOMO RUJANO, LIZMARA MENESES, LIOMARY ESPINA, MANUEL TORRES, MIREIZA MARCANO, JOAN PERERO, MANUEL LICET, MARISEL BENAVIDES, RAQUEL CEQUERA, GLADYS PEDRAZ, ÁNGEL SALMERON, MARTHA ARREDONDO, MANZOUR MEZZONI, JOSÉ OJEDA, JOSÉ MOLINA, JENNY PENSO, NANCY RODRÍGUEZ, WIRLEY GARCÍA, HEBERTO MALVAR, LUIS CORO, ARALI MATHEUS, PEDRO PEREIRA, ABELARDO ORTÍZ, CARLOS OCHOA, ROBIN ZULETA, ALFREDO GUTIÉRREZ, RIGOBERTO TRAVIESO, ALICIA BETANCOURT, DICSO SILVA, OSMAL DELGADO, JORGE RAMOS, CANDELARIO RAUSSEO, MIGUEL BRAVO, OSMAN OCHOA, ANTONIO MEDRANO, JOSÉ SALCEDO, DARWIN MUJICA y CARMEN MEDINA (integrantes de la Plancha UGAB 89), titulares de la cédula de identidad N° 8.937.720, 9.952.349, 9.731.851, 14.751.656, 5.900.929, 12.644.548, 8.319.053, 9.294.957, 9.867.422, 8.887.687, 9.903.9339, 946.702, 8.525.780, 16.746.620, 12.755.133, 14.384.912, 6.507.121, 10.850.906, 6.291.069, 10.926.642, 13.499.885, 9.950.077, 12.129706, 8.935.321, 8.899.026, 9.911.948, 10.927.692, 8.932.853, 8.896.183, 10.932.458, 11.211.697, 8.375.664, 8.942.961, 8.913.672, 8.966.605, 10.564.736, 15.983.856, 11.786.617 y 13.058.316, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 18 de noviembre de 2015 dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargos de Secretario General y Secretario de Organización. En dicho fallo la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordena a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa. Asimismo, se les informa que se podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 03 de diciembre de 2015 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

     INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr

 

 

 

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 03 de diciembre de 2015

SE HACE SABER:

A los ciudadanos JUANA ANZOÁTEGUI, ELADIO BERMÚDEZ y JUAN ACOSTA (integrantes de la Plancha INDEPENDIENTE), titulares de la cédula de identidad N° 8.908.937, 5.860.665 y 15.113.336, respectivamente, que la Sala Electoral en fecha 18 de noviembre de 2015 dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medidas cautelares por el abogado RICHERT GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.819, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DAVID ELIAS TORRES PARRA y FERNANDO LISTA, titulares de la cédula de identidad N° 11.448.699 y 8.638.178, respectivamente, contra los actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación dictados por la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE CVG BAUXILUM C.A.(SUPROBAUX), con ocasión del proceso electoral para elegir a las autoridades del mencionado sindicato, cuyo acto de votación fue realizado los días 18 y 19 de noviembre de 2014, específicamente para los cargos de Secretario General y Secretario de Organización. En dicho fallo la Sala se declaró: 1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, 2.- ADMITIÓ el recurso contencioso electoral y 3.- ORDENÓ la suspensión temporal del acta de totalización, adjudicación y proclamación, dictada por la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de CVG BAUXILUM C.A. (SUPROBAUX), en lo que respecta a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, en fecha 28 de noviembre de 2014, y en consecuencia, ordena a las autoridades del período inmediato anterior, incorporarse a los cargos de Secretario General y Secretario de Organización, hasta tanto esta Sala se pronuncie sobre el mérito de la causa. Asimismo, se les informa que se podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Igualmente, se le informa que este Juzgado de Sustanciación en fecha 03 de diciembre de 2015 dictó auto mediante el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados.

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

 

 

     INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2015-000044

IMAI/ilp/mjr/imr