REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 04 de diciembre de 2017

207º y 158º

 

Visto que en fecha 28 de noviembre de 2017 fue recibido el oficio  N° 268-2017 de fecha 07 de noviembre de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 14 de agosto de 2017, mediante la cual se ordenó notificar a los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTINEZ RADA, CARMEN FELICIA BARROS RODRIGUEZ, JUDITH MARTINEZ DE CORREA y VALDEMARO ALVES DA SILVA (parte recurrente),  a la sociedad mercantil “ADMINISTRADORA CCCP C.A. y a la sociedad de comercio “INVETURCA C.A.”, de la Sentencia N° 139 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10 de agosto de 2017, este Juzgado observa:

1.- Con relación a las notificaciones de los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTINEZ RADA, JUDITH MARTINEZ DE CORREA y VALDEMARO ALVES DA SILVA (recurrentes), el alguacil del mencionado juzgado manifestó se trasladó a los domicilios procesales señalados en el auto de fecha 14 de agosto de 2017, haciendo entrega de éstas a las personas antes mencionadas, por lo cual se entienden por notificadas en la presente causa.

2.- En cuanto a la notificación de la sociedad mercantil “ADMINISTRADORA CCCP C.A.”, el alguacil del mencionado juzgado manifestó que se trasladó al domicilio procesal señalado en el auto de fecha 14 de agosto de 2017, siendo “…atendido por la ciudadana YUSNEIRA PÉREZ (…); quien manifestó ocupar el cargo de Gerente del Condominio de ese complejo….”, a quien le hizo entrega del oficio de notificación librado para tal fin y en cuya copia se evidencia sello húmedo del Condominio “CARIBBEAN MARINA & BEACH CLUB”, por lo cual se entiende por notificada en la presente causa.

3.- En cuanto a la notificación de la sociedad de comercio “INVETURCA C.A.”, el alguacil del mencionado juzgado manifestó que se trasladó al domicilio procesal señalado en el auto de fecha 14 de agosto de 2017, siendo “…atendido por la ciudadana ABIGAIL LUGO (…); quien manifestó ocupar el cargo de Gerente de Recursos Humanos de INVETURCA C.A….”, a quien le hizo entrega del oficio de notificación librado para tal fin y en cuya copia se evidencia sello húmedo de la referida sociedad de comercio, por lo cual se entiende por notificada en la presente causa.

4- Con relación a la notificación de la ciudadana CARMEN FELICIA BARROS RODRIGUEZ, el alguacil del mencionado juzgado manifestó que se trasladó al domicilio procesal señalado en el auto de fecha 14 de agosto de 2017, siendo infructuosa la práctica de la misma ya que “…la señora CARMEN BARROS, se encontraba fuera del país. Así mismo, me comuniqué telefónicamente al N° 0414-3425009 perteneciente al abogado GUSTAVO BOADA CHACÓN, apoderado judicial de la ciudadana CARMEN BARROS, a quien [por] vía telefónica le informé de la presente boleta de notificación, y me ratificó que la ciudadana CARMEN BARROS no se encontraba en el país; y él actualmente está en el oriente del país trabajando, y vendría a Tucacas dentro de diez (10) días.””, en razón de ello y visto que no consta en autos otro domicilio a los fines de practicar la notificación personal de la referida ciudadana, este Juzgado, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel a los fines de notificarles la Sentencia N° 139 dictada en fecha 10 de agosto de 2017 por esta Sala, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificada. Líbrese Carteles.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                       La Secretaria,

 

 

 

                                                                         INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2017-000038

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 04 de diciembre de 2017

207° y 158°

SE HACE SABER:

 

A la ciudadana CARMEN FELICIA BARROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.528.835, y/o su apoderado judicial Gustavo Boada Chacon, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.420, que esta Sala Electoral en fecha 10 de agosto de 2017, dictó Sentencia N° 139 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado Gustavo Boada Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.420, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTINEZ RADA, CARMEN FELICIA BARROS RODRIGUEZ, JUDITH MARTINEZ DE CORREA y VALDEMARO ALVES DA SILVA, “todos del Complejo Urbanístico Recreacional denominado CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, copropietarios del Condominio (sic) del referido Complejo (sic)”, contra el acta de la Junta de Condominio de CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, de fecha 20 de octubre de 2016. En dicho fallo esta Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. SEGUNDO: ADMITIÓ el recurso contencioso electoral. TERCERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la parte recurrente. Finalmente, se les informa que en fecha 14 de agosto de 2017, se dictó auto en el cual se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá de conformidad con los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte actora de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados. Asimismo, se indica que el presente cartel igualmente será publicado en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                        La Secretaria,

 

 

 INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2017-000038

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 El Presidente,

 

JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO

La Secretaria,

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

Exp. Nº AA70-E-2017-000038

AMU/ads