JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 06 de diciembre de 2017

207º y 158º

 

Visto el escrito presentado en fecha 05 de diciembre de 2017, por la ciudadana BELKYS LAREZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° 10.547.939, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 125.586, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad “absoluta” conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra las elecciones y votaciones de los miembros de la Junta de Condominio del edificio Centro Parque Carabobo celebradas el pasado 23 de noviembre de 2017, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda solicitar a la Junta de Condominio del edificio Centro Parque Carabobo, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                                              

                                                                                      La Secretaria,

 

 

                                                                                               INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2017-000120

IMAI/ilp/ds       

Caracas, 06 de diciembre de 2017

Oficio N° __________

Ciudadanos

MIEMBROS  DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO CENTRO PARQUE CARABOBO.

Su Despacho

 

Me dirijo a Ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 05 de diciembre de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del interpuso recurso contencioso electoral de nulidad “absoluta” conjuntamente con solicitud de amparo cautelar interpuesto por la ciudadana BELKYS LAREZ MORENO, titular de la cédula de identidad N° 10.547.939, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 125.586, contra las elecciones y votaciones de los miembros de la Junta de Condominio del edificio Centro Parque Carabobo celebradas el pasado 23 de noviembre de 2017. Asimismo, se les informa que este Juzgado en fecha 06 de diciembre de 2017, dictó auto en el cual acordó solicitar a esa Junta de Condominio, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

EXP. Nº AA70-E-2017-000120

ANEXO: LO INDICADO

IMAI/ilp/ds