JUZGADO DE SUSTANCIACION

Caracas, 07 de diciembre de 2017

206º y 158º

Vista la Sentencia N° 221 dictada por esta Sala Electoral, en fecha 07 de diciembre de 2017, mediante la cual la Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto, esta Sala acuerda notificar a los ciudadanos al ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO (parte recurrente), a la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y a los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Mauligmer Baloa. Remítase copia certificada del referido fallo. Líbrese Boletas y Oficio.

Igualmente, se ordena notificar al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público remitiéndoseles copia certificada de la Sentencia N° 221 del 07 de diciembre de 2017. Líbrense Oficios.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, a los fines de notificar al ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO (parte recurrente), con domicilio procesal en la Urbanización Amazonas, segunda transversal, casa N° 15, Puerto Ayacucho, Parroquia Luis Alberto Gómez, Municipio Atures del Estado Amazonas, teléfono: 0416-3389464, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa a ese Juzgado que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

 La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                   

                      La Secretaria,

 

 

 

                                                                                  INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. Nº AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/js

 

 

 

En siete (07) de diciembre de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los fines de notificar al ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO (parte recurrente) el fallo Nº 221 dictado por esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017.

              La Secretaria,

 

 

                  INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

Exp.N°AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/js

 

 

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.”; esta Sala acordó comisionar para notificar a la parte recurrente, el fallo N° 221 dictado por esta Sala en fecha 07 de diciembre de 2017. Se remite Boleta.

          Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible. Se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible.

          Caracas, 07 de diciembre de 2017.

 

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                     La Secretaria,

           

 

 

                                                                              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. N° AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/js

Caracas, 07 de diciembre de 2017

 

Oficio Nº_________________

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas

Su Despacho

 

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.”

Atentamente,

 

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

EXP. Nº AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/dp/js


 

B O L E T A

Caracas, 07 de diciembre de 2017

206º y 158º

SE HACE SABER

 

Al ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, que esta Sala en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por Usted, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.”. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

    La Secretaria,

 

 

                                                                              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp.NºAA70-E-2015-000140

     IMAI/ilp/js

 

B O L E T A

Caracas, 07 de diciembre de 2017

206º y 158º

SE HACE SABER

Al ciudadano JULIO YGARZA, titular de la cédula de identidad N° 12.173.417 y/o sus apoderados judiciales abogados Ramón José Medina y Jaiber Alberto Núñez Urdaneta, inscritos en el Inpreabogado bajos los Nos. 11.614 y 239.461, respectivamente, que esta Sala en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.”. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

    La Secretaria,

 

                                                                              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp.NºAA70-E-2015-000140

     IMAI/ilp/js

 

B O L E T A

Caracas, 07 de diciembre de 2017

206º y 158º

SE HACE SABER

A la ciudadana NIRMA GUARULLA, titular de la cédula de identidad N° 1.569.032, que esta Sala en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.”. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

    La Secretaria,

 

 

                                                                              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp.NºAA70-E-2015-000140

     IMAI/ilp/js

 

B O L E T A

Caracas, 07 de diciembre de 2017

206º y 158º

SE HACE SABER

A la ciudadana MAULIGMER BALOA, titular de la cédula de identidad N° 13.964.768, que esta Sala en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS.”. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

    La Secretaria,

 

 

                                                                              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp.NºAA70-E-2015-000140

     IMAI/ilp/js

 

Caracas, 13 de marzo de 2017.

 

Oficio Nº________________

Ciudadano

TAREK WILLIAM SAAB

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela (E)

Su Despacho

 

            Me dirijo a usted a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

EXP. Nº AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/js

 

 

 

 

 

 

Caracas, 07 de diciembre de 2017

 

Oficio Nº __________________

Ciudadano

JOSÉ LUIS CARTAYA

Secretario General de la Dirección Ejecutiva de la Coordinación General Nacional de la Organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y demás miembros.

Su Despacho

 

            Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

EXP. Nº AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/js

 

 

 

 

Caracas, 07 de diciembre de 2017

Oficio Nº __________________

Ciudadana

TIBISAY LUCENA

Presidenta del Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela.

Su Despacho

 

            Me dirijo a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017, dictó sentencia N° 221 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano PEDRO LUIS CABELLO HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° 10.924.929, actuando con el carácter de (CANDIDATO A DIPUTADO A LA ASAMBLEA NACIONAL en las elecciones celebradas el pasado seis (06) de diciembre de dos mil quince (2015) según acta de totalización adjudicación y proclamación [de] diputados y diputad[a]s a la asamblea nacional de fecha 08 de [diciembre de 2015] emitida por la Junta Regional Electoral del Estado Amazonas…), asistido por la ciudadana Hilaria Michael Márquez Betancourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.279, contra “LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO 01, DEL ESTADO AMAZONAS. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

EXP. Nº AA70-E-2015-000140

IMAI/ilp/js