JUZGADO DE SUSTANCIACION

Caracas, 07 de diciembre de 2017

207º y 158º

 

Vista la Sentencia N° 222 dictada en fecha 07 de diciembre de 2017, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: PRIMERO: El ABANDONO DEL TRÁMITE por parte del ciudadano William Sánchez, en el presente procedimiento. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO en la acción de amparo constitucional ejercida por el mencionado ciudadano contra la Dirección Nacional de MOVEV. TERCERO: Resulta INOFICIOSO pronunciarse sobre la solicitud de intervención como tercero en la presente causa del ciudadano Adolfo Miquilena presentada en fecha 25 de mayo de 2017, en virtud de la declaratoria del abandono de trámite; se acuerda notificar al ciudadano William Sánchez (parte accionante), a la actual Directiva Nacional de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela “MOVEV” y al Ministerio Público anexándole copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boletas y Oficio.

Asimismo, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda comisionar a:

1.- Al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines notificar al abogado WILLIAM SÁNCHEZ (parte accionante), con domicilio procesal en: La Candelaria II, Calle Arismendi, Casa N° 76 –A, Municipio Mario Briceño Iragorry, Estado Aragua, teléfonos: 0412-4292662 y 0424-3108382, correo electrónico: isaacmarloricardo@hotmail.com. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de un dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

2.- Al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Vargas de la Circunscripción Judicial del estado Vargas (Distribuidor), a los fines de notificar  a la actual Directiva Nacional de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela “MOVEV”, la cual puede ser ubicada en la siguiente dirección: Avenida Soublette, sector El Cardonal, edificio Centro Rubimar, piso 1, local 4, La Guaira, estado Vargas; teléfonos 0424-191.02.23 y 0414-136.69.54. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de un (01) día de despacho para la práctica de la aludida citación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

  La Secretaria,

 

 

                  INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

           

            En siete (07) de diciembre de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar al abogado WILLIAM SÁNCHEZ, respecto al fallo Nº 222 dictado por esta Sala el día 07 de diciembre de 2017.

 

 

            La Secretaria,

 

 

                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

 

HACE SABER:

            Que en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por el abogado William Sánchez, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma; esta Sala acordó comisionar para notificar al ciudadano WILLIAM SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517 (parte accionante), respecto al fallo Nº 222 dictado por esta Sala el día 07 de diciembre de 2017. A tal fin se remite boleta de  notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho, para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

         Caracas, 07 de diciembre de 2017.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

            La Secretaria,

 

 

                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

 

 

Caracas, 07 de diciembre de 2017

 

Oficio Nº _____________

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor).

Su Despacho

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por el abogado William Sánchez, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

                                  BOLETA

Caracas, 07 de diciembre de 2017

207º y 158º

SE HACE SABER:

 

Al ciudadano WILLIAM SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017 dictó Sentencia N° 222 expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por Usted, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: PRIMERO: El ABANDONO DEL TRÁMITE por parte del ciudadano William Sánchez, en el presente procedimiento. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO en la acción de amparo constitucional ejercida por el mencionado ciudadano contra la Dirección Nacional de MOVEV. TERCERO: Resulta INOFICIOSO pronunciarse sobre la solicitud de intervención como tercero en la presente causa del ciudadano Adolfo Miquilena presentada en fecha 25 de mayo de 2017, en virtud de la declaratoria del abandono de trámite. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                                      La Secretaria,

 

 

                                                                             INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

            En siete (07) de diciembre de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Vargas de la Circunscripción Judicial del estado Vargas (Distribuidor), a los fines de notificar a la actual Directiva Nacional de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela “MOVEV”, respecto al fallo Nº 222 dictado por esta Sala el día 07 de diciembre de 2017.

 

            La Secretaria,

 

 

                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Vargas de la Circunscripción Judicial del estado Vargas (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

 

HACE SABER:

 

Que en el expediente contentivo de acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por el abogado William Sánchez, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma; este Juzgado acordó comisionar para notificar a la actual Directiva Nacional de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela “MOVEV”, en atención al fallo Nº 222 dictado por esta Sala el día 07 de diciembre de 2017. A tal fin se remite boleta de citación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de un (01) días de despacho, para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

         Caracas, 07 de diciembre de 2017.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

            La Secretaria,

 

 

                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

Caracas, 07 de diciembre de 2017

 

Oficio Nº _________

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Vargas de la Circunscripción Judicial del estado Vargas (Distribuidor).

Su Despacho

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la citación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por el abogado William Sánchez, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

BOLETA

Caracas, 07 de diciembre de 2017

207º y 158º

SE HACE SABER:

A la Directiva Nacional de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela “MOVEV”, que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017 dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por el abogado William Sánchez, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: PRIMERO: El ABANDONO DEL TRÁMITE por parte del ciudadano William Sánchez, en el presente procedimiento. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO en la acción de amparo constitucional ejercida por el mencionado ciudadano contra la Dirección Nacional de MOVEV. TERCERO: Resulta INOFICIOSO pronunciarse sobre la solicitud de intervención como tercero en la presente causa del ciudadano Adolfo Miquilena presentada en fecha 25 de mayo de 2017, en virtud de la declaratoria del abandono de trámite. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta citación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                                                  La Secretaria,

 

 

                                                                             INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds

 

Caracas, 07 de diciembre de 2017

Oficio Nº __________

Ciudadano

TAREK WILLIAM SAAB

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela  

Su Despacho.

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 07 de diciembre de 2017 dictó Sentencia N° 222 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas, por el abogado William Sánchez, titular de la cédula de identidad número 16.584.723, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 232.517, actuando en nombre propio y con el carácter de “…Secretario General Regional del estado Aragua de la Organización con fines políticos Movimiento Ecológico de Venezuela MOVEV…”, contra la Directiva Nacional en la Organización antes mencionada, a fin de que se elijan nuevas autoridades en la misma. En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: PRIMERO: El ABANDONO DEL TRÁMITE por parte del ciudadano William Sánchez, en el presente procedimiento. SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMENTO en la acción de amparo constitucional ejercida por el mencionado ciudadano contra la Dirección Nacional de MOVEV. TERCERO: Resulta INOFICIOSO pronunciarse sobre la solicitud de intervención como tercero en la presente causa del ciudadano Adolfo Miquilena presentada en fecha 25 de mayo de 2017, en virtud de la declaratoria del abandono de trámite. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp.N°AA70-E-2016-000064

IMAI/ilp/ds