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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 23 de enero de 2017
206º y 157º
Vista la Sentencia N° 176 dictada en fecha 30 de noviembre de 2016 mediante la cual esta Sala Electoral se declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción, y SEGUNDO: INADMISIBLE la acción interpuesta, por inepta acumulación de pretensiones, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda notificar a los ciudadanos Richard Antonio Dávila, Ricardo Isrrael Tavira Méndez, Yelitza del Carmen Sánchez Calderón, Oliver Eduardo Bonillo Díaz, Carmen Yasmira Castillo Cuevas, Carolina Pepe Rojas, Marvella Márquez Zambrano y Armando José Peña (parte accionante). Remítasele copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte accionante, con domicilio procesal en: Avenida 4 Bolívar, Edificio Hermes, Piso 1 Oficina 12, Palacio de Justicia, Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador, estado Mérida. Teléfonos: 0424 7445503 y 0414 9790144, para lo cual se ordena librar despacho. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de siete (07) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp.N°AA70-E-2016-000060
IMAI/ilp/dp/lvn
En veintitrés (23) de enero de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Richard Antonio Dávila, Ricardo Isrrael Tavira Méndez, Yelitza del Carmen Sánchez Calderón, Oliver Eduardo Bonillo Díaz, Carmen Yasmira Castillo Cuevas, Carolina Pepe Rojas, Marvella Márquez Zambrano y Armando José Peña (parte accionante), de la Sentencia N° 176 de fecha de 30 de noviembre de 2016.
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp.N°AA70-E-2016-000060
IMAI/ilp/dp/lvn
TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor).
TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos RICHARD ANTONIO DÁVILA, RICARDO ISRRAEL TAVIRA MÉNDEZ, YELITZA DEL CARMEN SÁNCHEZ CALDERÓN, OLIVER EDUARDO BONILLO DÍAZ, CARMEN YASMIRA CASTILLO CUEVAS, CAROLINA PEPE ROJAS, MARVELLA MÁRQUEZ ZAMBRANO y ARMANDO JOSÉ PEÑA, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.718.001, 12.780.303, 11.951.979, 12.779.017, 11.956.063, 10.102.594, 9.479.099 y 11.952.841, respectivamente, asistidos por el abogado Francisco Efrén Cermeño inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.416, contra “EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL DEL SINDICATO UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA” por la conducta omisiva en convocar a elecciones en el referido Sindicato, la Sentencia N° 176 de fecha 30 de noviembre de 2016. A tal fin se remite boleta de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de siete (07) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 23 de enero de 2017.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp.N°AA70-E-2016-000060
IMAI/ilp/dp/lvn
Caracas, 23 de enero de 2017
Oficio Nº
Ciudadano
Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor).
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos RICHARD ANTONIO DÁVILA, RICARDO ISRRAEL TAVIRA MÉNDEZ, YELITZA DEL CARMEN SÁNCHEZ CALDERÓN, OLIVER EDUARDO BONILLO DÍAZ, CARMEN YASMIRA CASTILLO CUEVAS, CAROLINA PEPE ROJAS, MARVELLA MÁRQUEZ ZAMBRANO y ARMANDO JOSÉ PEÑA, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.718.001, 12.780.303, 11.951.979, 12.779.017, 11.956.063, 10.102.594, 9.479.099 y 11.952.841, respectivamente, asistidos por el abogado Francisco Efrén Cermeño inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.416, contra “EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL DEL SINDICATO UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA” por la conducta omisiva en convocar a elecciones en el referido Sindicato.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Anexo lo indicado.
Exp.N°AA70-E-2016-000060
IMAI/ilp/dp/lvn
BOLETA
Caracas, 23 de enero de 2017
206º y 157º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos RICHARD ANTONIO DÁVILA, RICARDO ISRRAEL TAVIRA MÉNDEZ, YELITZA DEL CARMEN SÁNCHEZ CALDERÓN, OLIVER EDUARDO BONILLO DÍAZ, CARMEN YASMIRA CASTILLO CUEVAS, CAROLINA PEPE ROJAS, MARVELLA MÁRQUEZ ZAMBRANO y ARMANDO JOSÉ PEÑA, titulares de los números de cédula de identidad Nos. V-10.718.001, V-12.780.303, V-11.951.979, V-12.779.017, V-11.956.063, V-10.102.594, V-9.479.099 y V-11.952.841, respectivamente, en su alegada condición de afiliados al Sindicato Unitario Organizado Nacional de Trabajadores de la Administración de Justicia (SUONTRAJ), que esta Sala Electoral en fecha 30 de noviembre de 2016 dictó Sentencia N° 176 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ustedes, contra “El Presidente del Comité Directivo Nacional del Sindicato Unitario Organizado Nacional de Trabajadores de la Administración de Justicia” por la conducta omisiva en convocar a elecciones en el referido Sindicato. En dicho fallo la Sala Electoral se declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción, y SEGUNDO: INADMISIBLE la acción interpuesta, por inepta acumulación de pretensiones, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.
Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2016-000060
IMAI/ilp/dp/lvn