JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 25 de enero de 2017

206º y 157º

 

Visto el escrito presentado en fecha 24 de enero de 2017 por la abogada Yrohanick Amaloa Aranguren, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.116, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANA LUCÍA TORO, ALFREDO GARCÍA, ALEXIS DAVID GAMBOA LOZANO, FERNANDO SEGUNDA LUNA FONT y OSWALDO ANTONIO ARENAS TERÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.616.764, 3.975.056, 18.604.743, 13.852.547 y 17.118.775, respectivamente, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho de las supuestas inexistentes y clandestinas elecciones sindicales para la escogencia del Comité Ejecutivo y Tribunal Disciplinario celebrada en fecha 28 de octubre de 2016, del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plaza´s (SINTRABOLPLAZA´S)”, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda solicitar a la Comisión Electoral y la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plaza´s (SINTRABOLPLAZA´S), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrense Oficios

Ahora bien, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: a la Magistrada JHANNETT MADRIZ SOTILLO a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                                              

                                                                                      La Secretaria,

 

                                                                                   INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2017-000009

IMAI/ilp/dp/jg

                                                                       Caracas, 25 de enero de 2017

 

Oficio Nº 17-091

Ciudadanos

JUAN ERNESTO YAGUARAMAY, MARTHA CECILIA RINCÓN MENDOZA, NELSON JESÚS MENDOZA MONTILLA, YIRVIWI REGADIZ VÁSQUEZ y LUIS CABRERA.

Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plaza´s (SINTRABOLPLAZA´S).

Su Despacho.-

 

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 24 de enero de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por la abogada Yrohanick Amaloa Aranguren, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.116, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANA LUCÍA TORO, ALFREDO GARCÍA, ALEXIS DAVID GAMBOA LOZANO, FERNANDO SEGUNDA LUNA FONT y OSWALDO ANTONIO ARENAS TERÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.616.764, 3.975.056, 18.604.743, 13.852.547 y 17.118.775, respectivamente, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho de las supuestas inexistentes y clandestinas elecciones sindicales para la escogencia del Comité Ejecutivo y Tribunal Disciplinario celebrada en fecha 28 de octubre de 2016, del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plaza´s (SINTRABOLPLAZA´S)”. Asimismo, se le informa que este Juzgado en fecha 25 de enero de 2017, dictó auto en el cual acordó solicitar a esa Comisión Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

EXP. Nº AA70-E-2017-000009

ANEXO: LO INDICADO

IMAI/ilp/dp/jg

 

 

 

 

Caracas, 25 de enero de 2017

 

Oficio Nº 17-092

Ciudadano

JASIR SALAS CAICEDO

Presidente del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plaza´s (SINTRABOLPLAZA´S).

Su Despacho.-

 

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 24 de enero de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por la abogada Yrohanick Amaloa Aranguren, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.116, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANA LUCÍA TORO, ALFREDO GARCÍA, ALEXIS DAVID GAMBOA LOZANO, FERNANDO SEGUNDA LUNA FONT y OSWALDO ANTONIO ARENAS TERÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.616.764, 3.975.056, 18.604.743, 13.852.547 y 17.118.775, respectivamente, contra “las actuaciones materiales y vías de hecho de las supuestas inexistentes y clandestinas elecciones sindicales para la escogencia del Comité Ejecutivo y Tribunal Disciplinario celebrada en fecha 28 de octubre de 2016, del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plaza´s (SINTRABOLPLAZA´S)”. Asimismo, se le informa que este Juzgado en fecha 25 de enero de 2017, dictó auto en el cual acordó solicitar a ese Sindicato, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

EXP. Nº AA70-E-2017-000009

ANEXO: LO INDICADO

IMAI/ilp/dp/jg