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JUZGADO DE SUSTANCIACION
Caracas, 21 de febrero de 2017
206º y 158º
Visto el escrito presentado en fecha 20 de febrero de 2017, por el ciudadano YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, actuando en su condición de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), debidamente asistido por el abogado Jesús Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.941, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones de los Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Sim ilares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda solicitar a la COMISIÓN ELECTORAL del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de siete (07) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto.
Ahora bien, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: a la Magistrada FANNY MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.
Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casocoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro (Distribuidor), a los fines de notificar a la COMISIÓN ELECTORAL del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), en la siguiente dirección: Urbanización Raúl Leonis 2, Calle 1, Casa N° 34, ubicada en el Municipio Tucupita del estado Delta Amacuro. Telf 0424-927.6540 y 0426-894-7657. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de siete (07) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2017-000017
IMAI/ilp/dp/jg
En veintiuno (21) de febrero de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casocoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro (Distribuidor), a los fines de notificar a la COMISIÓN ELECTORAL del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), del auto dictado en fecha 21 de febrero de 2017.
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2017-000017
IMAI/ilp/dp/jg
TRIBUNAL
COMISIONADO:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Tucupita, Casocoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial
del estado Delta Amacuro (Distribuidor).
TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, actuando en su condición de afiliado, candidato a la Secretaria General y representante de la plancha 7 que participo en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), debidamente asistido por el abogado Jesús Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.941, contra las actuaciones de los Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA); este Juzgado acordó comisionar a los fines de notificar a la Comisión Electoral del referido Sindicato, del auto dictado en fecha 21 de febrero de 2017. A tal fin se remite Oficio de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de siete (07) días de despacho, para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 21 de febrero de 2017.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2017-000017
IMAI/ilp/dp/jg
Caracas, 21 de febrero de 2017
Oficio N°17-159
Ciudadano
Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casocoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro (Distribuidor).
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo todo lo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, actuando en su condición de afiliado, candidato a la Secretaria General y representante de la plancha 7 que participo en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), debidamente asistido por el abogado Jesús Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.941, contra las actuaciones de los Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA).
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp. AA70-E-2017-000017
IMAI/ilp/dp/jg
Caracas, 21 de febrero de 2017
Oficio Nº 17-160
Ciudadanos
ELVIS GONZÁLEZ, EDWIN SILVA, ENRIQUE BUSTAMENTE, ALEXIS GONZÁLEZ, ERWIN FIGUERA, PEDRO MATA, CARLOS BETANCOURT, HÉCTOR PILDAIN, LEONEL SALAZAR y SAÚL BRITO
Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA).
Su Despacho.-
Me dirijo a Ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 20 de febrero de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano YOINER JOSÉ URRIETA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.074.795, actuando en su condición de afiliado, candidato a la Secretaria General y representante de la plancha 7 que participo en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), debidamente asistido por el abogado Jesús Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.941, contra las actuaciones de los Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA). Asimismo, se les informa que este Juzgado en fecha 21 de febrero de 2017, dictó auto en el cual acordó solicitar a esa Comisión Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de siete (07) días, que se computará por días continuos, contado a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
EXP. Nº AA70-E-2017-000017
ANEXO: LO INDICADO
IMAI/ilp/dp/jg