JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 11 de julio de 2017

207º y 158º

 

Visto el escrito presentado en fecha 10 de julio de 2017, por el abogado Jesús Armando Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.031.377, 9.249.794 y 11.491.114, respectivamente, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y amparo cautelar contra el “ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.), AUTO N° 2017-7469 DEL 17 DE ENERO DE 2017, Y CONTRA LAS ACTAS EMANADAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO (SUMA) DE FECHAS 02/05/201, (sic) 08/05/2017 Y 18/05/207 (sic)”, en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.) DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO y a la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO TÁCHIRA (SUMA), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrense Oficios.

 Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitudes cautelares, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: a la Magistrada _____________________________________, a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares.

De igual forma, acuerda comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO TÁCHIRA (SUMA), con domicilio procesal en la Calle 11, Esquina de carrera 8 N° 10-148, San Cristóbal, estado Táchira, Teléfono 00276-343.41.77. En tal sentido, se le informa que disponen de un lapso de nueve (09) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                         La Secretaria,

                                                                            

 

                                                                                   INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. AA70-E-2017-000076

IMAI/ilp/jg


            En once (11) de julio de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO TÁCHIRA (SUMA), del auto dictado en fecha 11 de julio de 2017.

                La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

 

Exp. AA70-E-2017-000076

IMAI/ilp/jg

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

 

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y amparo cautelar por el abogado Jesús Armando Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.031.377, 9.249.794 y 11.491.114, respectivamente, contra el “ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.), AUTO N° 2017-7469 DEL 17 DE ENERO DE 2017, Y CONTRA LAS ACTAS EMANADAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO (SUMA) DE FECHAS 02/05/201, (sic) 08/05/2017 Y 18/05/207 (sic)”, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO DEL ESTADO TÁCHIRA (SUMA), el auto dictado en fecha 11 de julio de 2017. A tal fin se remite Oficio de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de nueve (09) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 11 de julio de 2017.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                       La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. AA70-E-2017-000076

IMAI/ilp/jg

Caracas, 11 de julio de 2017

 

Oficio Nº 17-469

Ciudadano

Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor).

Su Despacho

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y amparo cautelar por el abogado Jesús Armando Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.031.377, 9.249.794 y 11.491.114, respectivamente, contra el “ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.), AUTO N° 2017-7469 DEL 17 DE ENERO DE 2017, Y CONTRA LAS ACTAS EMANADAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO (SUMA) DE FECHAS 02/05/201, (sic) 08/05/2017 Y 18/05/207 (sic)”.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

Exp. AA70-E-2017-000076

IMAI/ilp/jg

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Caracas, 11 de julio de 2017

 

Oficio Nº 17-470

Ciudadanos

LUIS JAUREGUI, MIGUEL CONTRERAS, HERVER HOMEZ y MARÍA PULIDO

Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Táchira (SUMA).

Su Despacho

 

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 10 de julio de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y amparo cautelar por el abogado Jesús Armando Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.031.377, 9.249.794 y 11.491.114, respectivamente, contra el “ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.), AUTO N° 2017-7469 DEL 17 DE ENERO DE 2017, Y CONTRA LAS ACTAS EMANADAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO (SUMA) DE FECHAS 02/05/201, (sic) 08/05/2017 Y 18/05/207 (sic)”. Asimismo, se les notifica que mediante auto de fecha 11 de julio de 2017 se acordó solicitar a esa Comisión Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con  el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala Electoral en un lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de nueve (09) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del auto de fecha 11 de julio de 2017.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

 

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2017-000076

IMAI/ilp/jg

 

 

Caracas, 11 de julio de 2017

 

Oficio Nº 17-471

Ciudadano

JUAN CARLOS DE ARCO SOLARTE

Director del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (R.N.O.S.) del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo.

Su Despacho

 

Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 10 de julio de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y amparo cautelar por el abogado Jesús Armando Colmenares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, titulares de la cédula de identidad Nos. 5.031.377, 9.249.794 y 11.491.114, respectivamente, contra el “ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.), AUTO N° 2017-7469 DEL 17 DE ENERO DE 2017, Y CONTRA LAS ACTAS EMANADAS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO UNITARIO DEL MAGISTERIO (SUMA) DE FECHAS 02/05/201, (sic) 08/05/2017 Y 18/05/207 (sic)”. Asimismo, se le notifica que mediante auto de fecha 11 de julio de 2017 se acordó solicitar a ese Registro Nacional, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con  el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala Electoral en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del auto de fecha 11 de julio de 2017.Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

 

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2017-000076

IMAI/ilp/jg