JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 20 de julio de 2017

207º y 158º

 

Visto el escrito presentado en fecha 20 de julio de 2017, por el abogado HERMAN ENRIQUE SIMO DUGARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.506, actuando en su propio nombre y a su vez con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUGENIO ANTONIO CABALLERO PARRA, ALFREDO RAMÓN TAQUIVA CERMEÑO, ALVEIRO JIMÉNEZ CASTILLO y EDUARDO BLANCO, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.262.308, 8.145.366, 14.813.351 y 22.116.119, respectivamente, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el “…el Proceso de Elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del Estado Barinas para el periodo de 2.017 al 2.021…”, en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE COLEO DEL ESTADO BARINAS, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de seis (06) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrense Oficios.

 Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitudes cautelares, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente: a la Magistrada _____________________________________, a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares.

De igual forma, acuerda comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE COLEO DEL ESTADO BARINAS, con domicilio procesal en la Avenida 23 de enero y Avenida Guaicaipuro, Manga de coleo José Tomas Heredia del estado Barinas sede de la Asociación de Coleo del estado Barinas En tal sentido, se le informa que disponen de un lapso de seis (06) días de despacho para la práctica de las aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                         La Secretaria,

                                                                            

 

                                                                                   INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. AA70-E-2017-000083

IMAI/ilp/jg


            En veinte (20) de julio de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), a los fines de notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE COLEO DEL ESTADO BARINAS, del auto dictado en fecha 20 de julio de 2017.

                La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

 

 

 

Exp. AA70-E-2017-000083

IMAI/ilp/jg

 

 

 

 

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

 

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos por el abogado HERMAN ENRIQUE SIMO DUGARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.506, actuando en su propio nombre y a su vez en carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUGENIO ANTONIO CABALLERO PARRA, ALFREDO RAMÓN TAQUIVA CERMEÑO, ALVEIRO JIMÉNEZ CASTILLO y EDUARDO BLANCO, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.262.308, 8.145.366, 14.813.351 y 22.116.119, respectivamente, contra “…el Proceso de Elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del Estado Barinas para el periodo de 2.017 al 2.021…”, este Juzgado acordó comisionar para notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN DE COLEO DEL ESTADO BARINAS, el auto dictado en fecha 20 de julio de 2017. A tal fin se remite Oficio de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de seis (06) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 20 de julio de 2017.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                       La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. AA70-E-2017-000083

IMAI/ilp/jg

 

Caracas, 20 de julio de 2017

 

Oficio Nº 17-492

Ciudadano

Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor).

Su Despacho

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos por el abogado HERMAN ENRIQUE SIMO DUGARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.506, actuando en su propio nombre y a su vez en carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUGENIO ANTONIO CABALLERO PARRA, ALFREDO RAMÓN TAQUIVA CERMEÑO, ALVEIRO JIMÉNEZ CASTILLO y EDUARDO BLANCO, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.262.308, 8.145.366, 14.813.351 y 22.116.119, respectivamente, contra “…el Proceso de Elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del Estado Barinas para el periodo de 2.017 al 2.021…”.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

Exp. AA70-E-2017-000083

IMAI/ilp/jg

 

 

 

 

 

 

Caracas, 20 de julio de 2017

 

Oficio Nº 17-493

Ciudadanas

CARMEN TABLANTE, MARÍA VARGAS y MARÍA MONTILLA

Miembros de la Comisión Electoral de la Asociación de Coleo del Estado Barinas Su Despacho

 

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 20 de julio de 2017, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos por el abogado HERMAN ENRIQUE SIMO DUGARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.506, actuando en su propio nombre y a su vez en carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EUGENIO ANTONIO CABALLERO PARRA, ALFREDO RAMÓN TAQUIVA CERMEÑO, ALVEIRO JIMÉNEZ CASTILLO y EDUARDO BLANCO, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.262.308, 8.145.366, 14.813.351 y 22.116.119, respectivamente, contra “…el Proceso de Elecciones de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del Estado Barinas para el periodo de 2.017 al 2.021…”.

 Asimismo, se les notifica que mediante auto de fecha 20 de julio de 2017 se acordó solicitar a esa Comisión Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con  el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala Electoral en un lapso de tres (03) días de despacho, más el termino de distancia de seis (06) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito recursivo y del auto de fecha 20 de julio de 2017.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

 

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2017-000083

IMAI/ilp/jg