JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 26 de julio de 2017

207° y 158°

 

Vista la diligencia presentada en fecha 25 de julio de 2017 por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante el cual apeló del auto de admisión de pruebas, dictado en fecha 18 de julio de 2017. En tal sentido, de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de la Ley Orgánica del Tribunal Suprema de Justicia, se acuerda abrir cuaderno separado a los fines de tramitar y decidir la apelación interpuesta; cuaderno separado que se iniciará con la copia certificada del presente auto. Igualmente, se ordena expedir copia certificada del escrito libelar, del escrito de pruebas presentado en fecha 10 de julio de 2017, por la abogada Cristina Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, del escrito de pruebas presentado en fecha 10 de julio de 2017, por el  abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, y del escrito de oposición presentado en fecha 12 de julio de 2017, por la abogada Cristina Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente. Igualmente, se ordena expedir copia certificada del auto de pruebas de fecha 18 de julio de 2017 y de la diligencia de apelación presentada en fecha 25 de julio de 2017. Asimismo, se ordena expedir copia fotostática del recaudo identificado “AD” que acompañó la apoderada de la parte recurrente al escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 10 de julio de 2017, así como certificada de la diligencia presentada en fecha 17 de abril de 2017, por los ciudadanos CESAR ESPAÑOL y OSCAR ADAMES, titulares de la cédula de identidad Nros. 16.591.538 y 4.052.636, respectivamente, en su carácter de Presidente de la Autoridad Provisional  y Presidente de la Comisión Electoral de la Asociación de Fútbol del estado Miranda (parte recurrida), asistido por el abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado Miguel Alfredo Bermúdez Gamarra, inscrito a en el Inpreabogado bajo el N° 39.891 y al abogado asistente.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                           La Secretaria,

 

                 INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. N° AA70-E-2017-000011

IMAI/ilp/dp