JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 27 de julio de 2017

207º y 158º

 

Vista la Sentencia N° 98 dictada en fecha 20 de julio de 2017 mediante la cual esta Sala Electoral declaró: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y, en consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer el recurso de interpretación interpuesto. 2.- INADMISIBLE el referido recurso. 3.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre la solicitud cautelar innominada, esta Sala acuerda notificar al ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, parte recurrente, anexándole copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, parte recurrente, el cual puede ser ubicado en la siguiente dirección:  Calle principal, Casa s/n, sector La Vega, Municipio Arismendi, Parroquia Rio Caribe, estado Sucre. Telf. 0424-801.21.27 y 0294-646.11.64. En tal sentido, se les informa que disponen de un lapso de cinco (05) días para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciban la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

    La Secretaria,

 

 

                                                                             INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp.N°AA70-E-2016-000059

IMAI/ilp/ds

 


 

          En veintisiete (27) de julio de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, parte recurrente, de la Sentencia N° 98 dictada en fecha 20 de julio de 2017.

 

                                                                       La Secretaria,

 

 

                                                                                      INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2016-000059

IMAI/ilp/ds


TRIBUNAL COMISIONADO: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso de interpretación interpuesto por el abogado Ramón Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.681, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° 3.424.068, “con respecto del contenido y  alcance del artículo 95 numeral 9 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal”. Remitido por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 08 de agosto de 2016 Oficio N° 2680 de fecha 02 de agosto de 2016, en atención a la Sentencia N° 741 de fecha 19 de julio de 2016, emanada de la mencionada Sala. Esta Sala acordó comisionar para notificar al ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, parte recurrente, de la Sentencia N° 98 dictada en fecha 20 de julio de 2017. A tal fin se remite Boleta.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de cinco (05) días de despacho, para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

         Caracas, 27 de julio de 2017.

 

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                   La Secretaria,

 

 

                                                                                          INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2016-000059

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

Caracas, 27 de julio de 2017

 

Oficio N° 17-506

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor).

Su Despacho.-

 

                   Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso de interpretación interpuesto por el abogado Ramón Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.681, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° 3.424.068, “con respecto del contenido y  alcance del artículo 95 numeral 9 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal”. Remitido por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 08 de agosto de 2016 Oficio N° 2680 de fecha 02 de agosto de 2016, en atención a la Sentencia N° 741 de fecha 19 de julio de 2016, emanada de la mencionada Sala

 

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2016-000059

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

B O L E T A

Caracas, 27 de julio de 2017

207º y 158º

SE HACE SABER:

                  

 

Al ciudadano OSCAR JOSÉ LUGO ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° 3.424.068, y/o su apoderado judicial abogado Ramón del Valle Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 146.681, que esta Sala Electoral en fecha en fecha 20 de julio de 2017 dictó sentencia N° 98 en el expediente contentivo del recurso de interpretación interpuesto por Usted, “con respecto del contenido y  alcance del artículo 95 numeral 9 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal”. Remitido por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 08 de agosto de 2016 Oficio N° 2680 de fecha 02 de agosto de 2016, en atención a la Sentencia N° 741 de fecha 19 de julio de 2016, emanada de la mencionada Sala En dicho fallo esta Sala declaró: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y, en consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer el recurso de interpretación interpuesto. 2.- INADMISIBLE el referido recurso. 3.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre la solicitud cautelar innominada. A tal fin se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                   

                                                                 La Secretaria,

 

 

                                                                                                                                 INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2016-000059

IMAI/ilp/ds