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SALA ELECTORAL
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Visto el auto dictado en fecha 15 de junio de 2011 mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, este Juzgado de Sustanciación ordena notificar al ciudadano Julio Alberto Álvarez (parte accionante). Asimismo, se ordena librar oficios a la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela, a la Fiscalía General de República, a la Defensoría del Pueblo y a la Contraloría General de la República. Remítanseles copia certificada del auto de fecha 15 de junio de 2011 y del presente auto. Líbrense Boleta y Oficios.
Igualmente, dando cumplimiento con el auto de fecha 15 de junio de 2011, se ordena librar oficios a los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, anexándoles copia certificada del referido auto.
Asimismo, este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa, ello de conforme a lo previsto en los artículos 52 y 59 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Exp. Nº 2009-000074
JMMS/pc
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Oficio Nº 11-241
Ciudadanos
Presidente y Demás Miembros de la Comisión Electoral de la
Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que en fecha 15 de junio de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 18 de julio de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 15 de junio de 2011 y 18 de julio de 2011.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Oficio Nº 11-240
Ciudadana
TIBISAY LUCENA
Presidenta del Consejo Nacional Electoral de la
República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que en fecha 15 de junio de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 18 de julio de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 15 de junio de 2011 y 18 de julio de 2011.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Oficio Nº 11-239
Ciudadana
LUISA ORTEGA DÍAZ
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que en fecha 15 de junio de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 18 de julio de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 15 de junio de 2011 y 18 de julio de 2011.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Oficio Nº 11-238
Ciudadana
ADELINA GONZÁLEZ
Contralora General de la República Bolivariana de Venezuela (E)
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que en fecha 15 de junio de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 18 de julio de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 15 de junio de 2011 y 18 de julio de 2011.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS
B O L E T A
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
SE HACE SABER:
Al ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, que en fecha 15 de junio de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por usted, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 18 de julio de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 15 de junio de 2011 y 18 de julio de 2011.
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
La Secretaria,
PATRICIA CORNET GARCÍA
Firma: ________________
Fecha: ________________
Se anexa lo indicado
Exp. Nº 2007-000071
JMMS/pc
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Oficio Nº 11-237
Ciudadano
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
Magistrado de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de remitirle copia certificada del auto dictado en fecha 15 de junio de 2011, mediante el cual se declaró procedente la inhibición propuesta por usted y por el Magistrado Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS
Caracas, 18 de julio de 2011
201º y 152º
Oficio Nº 11-236
Ciudadano
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
Magistrado de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de remitirle copia certificada del auto dictado en fecha 15 de junio de 2011, mediante el cual se declaró procedente la inhibición propuesta por usted y por el Magistrado Juan José Núñez Calderón, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS
Caracas, 18 de julio de 2011
Oficio Nº 11-242
Ciudadana
GABRIELA DEL MAR RAMÍREZ PÉREZ
Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que en fecha 15 de junio de 2011 se dictó auto mediante el cual se declaró procedente las inhibiciones propuestas por los Magistrados Juan José Núñez Calderón y Fernando Ramón Vegas Torrealba, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JULIO ALBERTO ÁLVAREZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° 5.534.241, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad Central de Venezuela por la no inclusión de sus datos en el Registro Electoral. Asimismo, cumplo con notificarle que por auto de fecha 18 de julio de 2011, se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, se procederá a fijar la oportunidad que tendrá lugar el acto para designar aleatoriamente, a través del método de insaculado, los Magistrados Suplentes (previa aceptación) que habrán de integrar la Sala Accidental que continuará conociendo de la presente causa. Se remite copia certificada de los autos dictados en fechas 15 de junio de 2011 y 18 de julio de 2011.
Atentamente,
JHANNETT MARÍA MADRÍZ SOTILLO
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
EXP. Nº 2009-000074
JMMS