SALA ELECTORAL

                 Caracas, 17 de junio de 2014

 

204º y 155º

 

            Vista la Sentencia N° 57 dictada en fecha 14 de mayo de 2014 mediante la cual la Sala ORDENÓ a los ciudadanos José Hernández, Alejandro Galea, Walner Molina, León Vargas y Ramón Sandoval, informen a esta Sala dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, si renunciaron o no a sus cargos como miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), y si fue así, cuándo ocurrió; y ORDENÓ la notificación del Consejo Nacional Electoral, a los fines de que informe a esta Sala dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a aquél en que se le notifique de la decisión, acerca de la presunta negativa de validar los “…resultados y expedición de las credenciales de la Junta Directiva y del Tribunal Disciplinario…” del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), planteada por el abogado Robert Rodríguez Noriega, se acuerda notificar el referido fallo al Ministerio Público y al Consejo Nacional Electoral. Remítaseles copia certificada del referido fallo. Líbrese Oficios.

El Presidente,

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

                                                                      

                                                                                              La Secretaria,

 

                                                                         PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

 

Exp. AA70-E-2012-000068

FRVT/pc


Caracas, 17 de junio de 2014

Oficio Nº 14.312

Ciudadana

LUISA ORTEGA DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho.-

 

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 14 de mayo de 2014, esta Sala dictó Sentencia N° 57 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARLOS SALAS, JOE GIL, MARIA ELISA CHUECOS, ABELARDO ESCOBAR, CARLOS ÁLVAREZ, ALCIDES ACEVEDO, GLENDA HERRERA, CARLOS WENCE ÁLVAREZ y GONZALO MARE, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.123, 7.086.875, 5.641.717, 7.157.434, 7.579.763, 7.075.558, 7.514.627, 2.573.686 y 7.204.210, respectivamente, contra la Resolución N° 120613-0366 dictada el 13 de junio de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 631 de fecha 12 de julio de 2012, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos PEDRO RAGA MONTILLA, JOSÉ ASDRUBAL OLIVEROS, ANTONIO ENRIQUE AMATO, CARLOS JAVIER OMAÑA, JOSÉ LUIS GUEVARA, WILLIAM VARGAS VISCAYA, RICARDO LOZADA BORGES, ALEXANDER RÍOS JAIMES, OSMAR RODRÍGUEZ CAMPOS, WILLIAM FLORES, JOHMAN MORENO y LUIS RUÍZ, contra la decisión de fecha 31 de mayo de 2011, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC) e INELEGIBLES a los hoy recurrentes, respecto al proceso electoral que se lleva a cabo  en el referido Sindicato. En dicho fallo la Sala ORDENÓ a los ciudadanos JOSÉ HERNÁNDEZ, ALEJANDRO GALEA, WALNER MOLINA, LEÓN VARGAS Y RAMÓN SANDOVAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.908.550, 4.130.269, 17.067.218, 14.463.175 y 7.099.424, respectivamente, informen dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, si renunciaron o no a sus cargos como miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), y si fue así, cuándo ocurrió; asimismo, se ORDENÓ la notificación del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, a los fines de que informe dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a aquél en que se le notifique de la decisión, acerca de la presunta negativa de validar los “…resultados y expedición de las credenciales de la Junta Directiva y del Tribunal Disciplinario…” del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), planteada por el abogado Robert Rodríguez Noriega. Se remite copia certificada del referido fallo.

Atentamente,

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2012-000068

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

Caracas, 17 de junio de 2014

Oficio Nº 14.311

Ciudadana

TIBISAY LUCENA

Presidenta del Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho.-

 

Me dirijo a usted a fin de notificarle que en fecha 14 de mayo de 2014, esta Sala dictó Sentencia N° 57 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Robert Rodríguez Noriega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.238, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CARLOS SALAS, JOE GIL, MARIA ELISA CHUECOS, ABELARDO ESCOBAR, CARLOS ÁLVAREZ, ALCIDES ACEVEDO, GLENDA HERRERA, CARLOS WENCE ÁLVAREZ y GONZALO MARE, titulares de la cédula de identidad N° 3.922.123, 7.086.875, 5.641.717, 7.157.434, 7.579.763, 7.075.558, 7.514.627, 2.573.686 y 7.204.210, respectivamente, contra la Resolución N° 120613-0366 dictada el 13 de junio de 2012 por el Consejo Nacional Electoral, publicada en la Gaceta Electoral N° 631 de fecha 12 de julio de 2012, mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos PEDRO RAGA MONTILLA, JOSÉ ASDRUBAL OLIVEROS, ANTONIO ENRIQUE AMATO, CARLOS JAVIER OMAÑA, JOSÉ LUIS GUEVARA, WILLIAM VARGAS VISCAYA, RICARDO LOZADA BORGES, ALEXANDER RÍOS JAIMES, OSMAR RODRÍGUEZ CAMPOS, WILLIAM FLORES, JOHMAN MORENO y LUIS RUÍZ, contra la decisión de fecha 31 de mayo de 2011, emanada de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC) e INELEGIBLES a los hoy recurrentes, respecto al proceso electoral que se lleva a cabo  en el referido Sindicato. En dicho fallo la Sala ORDENÓ a los ciudadanos JOSÉ HERNÁNDEZ, ALEJANDRO GALEA, WALNER MOLINA, LEÓN VARGAS Y RAMÓN SANDOVAL, titulares de la cédula de identidad N° 10.908.550, 4.130.269, 17.067.218, 14.463.175 y 7.099.424, respectivamente, informen dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, si renunciaron o no a sus cargos como miembros de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), y si fue así, cuándo ocurrió; asimismo, se ORDENÓ notificar al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, a los fines de que informe dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a aquél en que se le notifique de la decisión, acerca de la presunta negativa de validar los “…resultados y expedición de las credenciales de la Junta Directiva y del Tribunal Disciplinario…” del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Carabobo (SUTRAUC), planteada por el abogado Robert Rodríguez Noriega. Se remite copia certificada del referido fallo.

 

Atentamente,

 

 

  

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

 

 

EXP. Nº AA70-E-2012-000068

ANEXO: LO INDICADO

FRVT