JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 07 de junio de 2017

207º y 158º

 

Visto el escrito presentado en fecha 18 de mayo de 2017 por el ciudadano JOSÉ RAMÓN ZACARIAS MORENO, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.858.251, invocando la condición de Secretario General Nacional de la Organización con fines políticos INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), asistido por el abogado Ramses Oeda Figueredo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.281, mediante el cual opuso "…la Cuestión Previa contenida en el Ordinal 3 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil…”

Al respecto, este Juzgado en aras de garantizar la celeridad procesal y una justicia sin formalismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 constitucional, y tomando en cuenta que las cuestiones previas promovidas buscan oponerse a la legitimidad del apoderado y del demandante, observa este Juzgado, que dicho pronunciamiento corresponderá al pleno de la Sala en su sentencia de fondo.

La Presidenta,

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                      La Secretaria,

 

                   INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. AA70-E-2015-000057

IMAI/ilp/dp