SALA ELECTORAL

Caracas, 21 de mayo de 2013

203º y 154º

 

Vista la Sentencia Nº 18 de fecha 15 de mayo de 2013, mediante la cual se declaró PROCEDENTE la solicitud formulada por el ciudadano Lucidio Alarcón, en su carácter de Primer Suplente de la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes (AEULA), se acuerda notificar a la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes (AEULA) y a la Comisión Electoral de la referida Asociación. Remítasele copia certificada de la Sentencia 18 de fecha 15 de mayo de 2013. Líbrese Oficio y boleta de notificación.

 Igualmente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, en la siguiente dirección: Avenida Hoyada de Milla, Casa AEULA, al lado de la Casa SIPRULA, Mérida, estado Mérida; y a la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la referida Universidad, en la siguiente dirección: Avenida N° 1, Hoyada de Milla N° 1-36, Mérida, estado Mérida, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de cuatro (04) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Líbrese Oficio y Despacho.

El Presidente,

 

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

 

 

La Secretaria,

 

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

Exp. AA70-E-2010-000049

FRVT/pc

 

 

 


 

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor).

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

 

HACE SABER:

 

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación de Empleados, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2010-2011, cuyo acto de votación se fijó para el día 14 de mayo de 2010; esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionar a fin de que practique las diligencias necesarias para notificar de la Sentencia N° 18 de fecha 15 de mayo de 2013, a la Junta Directiva  y a la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes. A tal fin se remiten boleta y oficio de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de cuatro (04) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 21  de mayo de 2013.

El Presidente,

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

 

La Secretaria,

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

Exp. AA70-E-2010-000049

FRVT/pc

 

 

 


     

En veintiuno  (21) de mayo de 2013, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes  y a la Comisión Electoral de la referida Asociación de Empleados la Sentencia N° Nº 18 de fecha 15 de mayo de 2013.

                                                                                  La Secretaria,

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

 

 

 

Exp. Nº AA70-E-2010-000049


 

 

Caracas, 21 de mayo de 2013

 

Oficio Nº 13-206

Ciudadano

Juez  de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor)

Su Despacho

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tales fines se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación de Empleados, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2010-2011, cuyo acto de votación se fijó para el día 14 de mayo de 2010.

 

Atentamente,

 

 

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

 

 

 

EXP. NºAA70-E- 2010-000049

FRVT

 

 


B O L E T A

Caracas, 21 de mayo de 2013

203º y 154º

SE HACE SABER:

                              

             A los MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES y /o  a su apoderado judicial abogado Américo Ramírez Bracho, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.739, que en fecha 15 de mayo de 2013, la Sala Electoral dictó Sentencia N° 18 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación de Empleados, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2010-2011, cuyo acto de votación se fijó para el día 14 de mayo de 2010. En dicho fallo se declaró PROCEDENTE la solicitud formulada por el ciudadano Lucidio Alarcón, en su carácter de Primer Suplente de la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes (AEULA), referida a la ejecución de la Sentencia N° 154 dictada por la Sala  Electoral el día 01 de noviembre de 2010. En consecuencia, se ORDENÓ a esa Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes (AEULA) que en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados a partir de la notificación del fallo, proceda a formalizar la convocatoria a elecciones ante el Consejo Nacional Electoral. Se remite  copia certificada de la Sentencia N° 18 del 15 de mayo de 2013.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha  en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

 

 

La Secretaria,

 

 

PATRICIA CORNET GARCÍA

 

Firma:________________

Fecha:________________

Exp. NºAA70-E- 2010-000049

FRVT/pc

 

 


 

Caracas, 21 de mayo de 2013

 

Oficio Nº 13-207

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes

Su Despacho.-

 

            Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 15 de mayo de 2013, la Sala Electoral dictó Sentencia N° 18 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el abogado Acacio Sabino, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, contra la Comisión Electoral de la mencionada Asociación de Empleados, respecto al proceso electoral para elegir a la Junta Directiva de la referida Asociación, período 2010-2011, cuyo acto de votación se fijó para el día 14 de mayo de 2010. En dicho fallo se ORDENÓ a la Junta Directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes (AEULA) que en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados a partir de la notificación del fallo, proceda a formalizar la convocatoria a elecciones ante el Consejo Nacional Electoral. Se remite  copia certificada de la Sentencia N° 18 del 15 de mayo de 2013.

 

Atentamente,

 

 

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

 

 

 

EXP. NºAA70-E- 2010-000049

Anexo: LO INDICADO

FRVT