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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 15 de noviembre de 2017
207º y 158º
Vista la Sentencia N° 193 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”, se acuerda notificar al ciudadano ARQUIMEDES SEQUERA (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), y al Ministerio Público. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficios.
De igual modo, se acuerda notificar a la Comisión Electoral Provisional del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), y por cuanto de las actas procesales que conforman el expediente, se evidencia que los integrantes referida Comisión Electoral no se encuentran activos en el mencionado Sindicato, según se desprende del folio doscientos cincuenta y ocho (258) del expediente, y visto igualmente que no consta en autos otro domicilio a los fines de practicar su notificación personal, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel a los fines de notificarle la Sentencia N° 193 de fecha 09 de noviembre de 2017 por esta Sala, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se les tendrá por notificados. Líbrese Cartel.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano ARQUIMEDES SEQUERA (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), ubicados en la siguiente dirección: Carretera Nacional Guacara-Mariara, Sector San Joaquín, Entidad de Trabajo Cervería Polar, C.A., Planta Cervecera, Municipio San Joaquín del estado Carabobo . En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp.N°AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
En quince (15) de noviembre de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano ARQUIMEDES SEQUERA (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), de la Sentencia N° 193 de fecha 09 de noviembre de 2017 y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017.
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).
TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos por el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016, esta Sala acordó comisionar para notificar al ciudadano Arquímedes Sequera (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del referido Sindicato, de la Sentencia N° 193 de fecha 09 de noviembre de 2017 y del auto dictado en fecha 15 de noviembre de 2017. A tal fin se remiten Boleta y Oficio de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala Electoral a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho, para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 15 de noviembre de 2017.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
Caracas, 15 de noviembre de 2017
Oficio N°______________
Ciudadano
Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor)
Su Despacho
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
B O L E T A
Caracas, 15 de noviembre de 2017
207º y 158º
SE HACE SABER:
Al ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), que esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, dictó Sentencia N° 193 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por Usted, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017.
Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Firma: ________________
Fecha: ________________
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
Caracas, 15 de noviembre de 2017
Oficio Nº __________
Ciudadanos
ARCENIS MOSQUERA, JOSÉ MILLÁN, FRANCISCO PINTO, HOMERO REQUENA, JULIÁN ADRIÁN, EDGAR MORALES, HÉCTOR MONTOYA, WILLIANS LUGO, NOEL ANDRADE, JUAN SÁNCHEZ y YORBIN FIGUEROA
INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO) y DEMÁS MIEMBROS.
Su Despacho.-
Me dirijo a ustedes, a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, dictó Sentencia N° 193 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
Caracas, 15 de noviembre de 2017
Oficio Nº ____________
Ciudadanos
EDIXON QUERO, JOSÉ PALACIOS y JORGE ANZOLA
INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO) y DEMÁS MIEMBROS.
Su Despacho.-
Me dirijo a ustedes, a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, dictó Sentencia N° 193 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
Caracas, 15 de noviembre de 2017
Oficio Nº __________
Ciudadano
TAREK WILLIAM SAAB
Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela
Su Despacho.
Me dirijo a usted, a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, dictó Sentencia N° 193 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del auto de fecha 15 de noviembre de 2017.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds
CARTEL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
Caracas, 15 de noviembre de 2017
207° y 158°
SE HACE SABER:
A la COMISIÓN ELECTORAL PROVISIONAL DEL SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), que esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, dictó Sentencia N° 193 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 9.693.579, invocando el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, inscrito en el Inpreabogado N° 102.453, contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato “y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical”, pautado para el día 06 de abril de 2016. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados. Asimismo, se indica que el presente cartel igualmente será publicado en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000025
IMAI/ilp/ds