JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

Caracas, 04 de octubre  de 2017

207° y 158°

 

Visto que en fecha 27 de julio de 2017, fue recibido oficio N° 608-17 de fecha 03 de julio de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 22 de mayo de 2017, mediante la cual se ordenó notificar la Sentencia N° 73 dictada en fecha 31 de mayo de 2016, al ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente), a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua y a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del referido Sindicato, esta Sala observa:

1.-  Con relación a la notificación del ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente), el alguacil del mencionado Juzgado manifestó que se trasladó a la “Calle López Aveledo, Edificio SINCA, Torre B, piso 03, de esta ciudad de Maracay Edo. Aragua”, siendo éste un domicilio distinto al indicado en el auto de fecha 22 de mayo de 2017; en virtud de ello, esta Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar la notificación encomendada, acuerda remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar al ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente). Remítase copia certificada de la mencionada sentencia, del auto de fecha 20 de junio de 2016, del auto de fecha 22 de mayo de 2017 y del presente auto. Líbrese boleta.

2.- En lo que respecta a la notificación de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua, el Alguacil del mencionado Juzgado omitió anexar la diligencia de la cual se desprenda el resultado de la práctica de la notificación encomendada, consignando el respectivo oficio sin haberlo practicado. En virtud de lo anterior, esta Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar la notificación encomendada, acuerda remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar a la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua. Remítase copia certificada de la mencionada sentencia, del auto de fecha 20 de junio de 2016, del auto de fecha 22 de mayo de 2017 y del presente auto. Líbrese oficio.

3.-  Con relación a la notificación a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua, el alguacil del mencionado Juzgado manifestó que se trasladó a la “Calle López Aveledo, Edificio SINCA, Torre B, piso 03, de esta ciudad de Maracay Edo. Aragua”, siendo imposible practicar la notificación encomendada por cuanto ninguno de los representantes de la referida Junta Directiva se encontraba presente. En virtud de lo anterior, esta Sala Electoral en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar la notificación encomendada, acuerda remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua. Remítase copia certificada de la mencionada sentencia, del auto de fecha 20 de junio de 2016, del auto de fecha 22 de mayo de 2017 y del presente auto. Líbrese oficio.

Finalmente, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de notificar nuevamente al ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente), con domicilio procesal Av. Principal de la Arboleda, Edificio “Centro Profesional Aragua”, Piso 1, Oficinas 112, 113 y 114, Maracay, estado Aragua, así como a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua y a la Comisión Electoral del referido Sindicato, los cuales pueden ser ubicados en Calle López Aveledo, Edificio SINCA, Piso 03, Torre B, Maracay Estado Aragua, Teléfono y Fax: (0243)246-0607. Igualmente pueden ser ubicados en la Sede CORPOELEC-ARAGUA ubicada en: Avenida Mariño N° 53, Frente antiguo Telares Maracay-Estado Aragua, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de cuatro (04) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

 

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

 

La Secretaria,

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

            En cuatro (04) de octubre de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado Tercero de Municipio  Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de notificar al ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente), así como a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua y a la Comisión Electoral del referido Sindicato, el fallo N° 73 dictado en fecha 31 de mayo de 2016.

La Secretaria,

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

 

Exp. N° AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds

 

 

           

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado Tercero de Municipio  Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.

 

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

            Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano DARWIN RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 15.122.585, debidamente asistido por la abogada Clemen Carolina Aponte Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.679, contra el auto de cierre de fecha 18 de diciembre de 2014 emanado del Consejo Nacional Electoral con sede en el estado Aragua, por la omisión, demora y deficiencia de prestación de servicio público y abstención por parte de la mencionada institución, contra la Resolución emitida por la Comisión Electoral 2012-2015 para la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (SINTIEA) de fecha 30 de agosto de 2012 y en contra de las postulaciones realizadas en los días 08, 09 y 10 de agosto de 2012, esta Sala acordó comisionar para notificar al ciudadano DARWIN RONDÓN (parte recurrente, así como a los ciudadanos Freddy García, Carlos Medina, Gladys Camejo, Armando Silva, Julio Ávila, Juan González, José Luis Criollo y Edgar Hernández, en su condición de Miembros de la Junta Directiva 2007-20012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua y a la Comisión Electoral del referido Sindicato, el fallo N° 73 dictado en fecha 31 de mayo de 2016. A tal fin se remiten boleta y oficios de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de cuatro (04) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contados éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

            Caracas, 04 de octubre de 2017.

La Presidenta,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                   La Secretaria,

            

 

 

                                                                              INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Exp. N° AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds

 

Caracas, 04 de octubre de 2017

 

Oficio Nº _______

Ciudadano

Juez Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.

Su Despacho

 

 

            Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por el ciudadano DARWIN RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 15.122.585, debidamente asistido por la abogada Clemen Carolina Aponte Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.679, contra el auto de cierre de fecha 18 de diciembre de 2014 emanado del Consejo Nacional Electoral con sede en el estado Aragua, por la omisión, demora y deficiencia de prestación de servicio público y abstención por parte de la mencionada institución, contra la Resolución emitida por la Comisión Electoral 2012-2015 para la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (SINTIEA) de fecha 30 de agosto de 2012 y en contra de las postulaciones realizadas en los días 08, 09 y 10 de agosto de 2012.Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

 

EXP. Nº AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds

 

Caracas, 04 de octubre de 2017

 

Oficio Nº ________

Ciudadanos

FREDDY GARCÍA, CARLOS MEDINA, GLADYS CAMEJO, ARMANDO SILVA, JULIO ÁVILA, JUAN GONZÁLEZ, JOSÉ LUIS CRIOLLO Y EDGAR HERNÁNDEZ.

Miembros de la Junta Directiva 2007-2012 y 2012-2015 del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua.

Su Despacho

 

            Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 31 de mayo de 2016 dictó Sentencia N° 73 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el ciudadano DARWIN RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 15.122.585, debidamente asistido por la abogada Clemen Carolina Aponte Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.679, contra el auto de cierre de fecha 18 de diciembre de 2014 emanado del Consejo Nacional Electoral con sede en el estado Aragua, por la omisión, demora y deficiencia de prestación de servicio público y abstención por parte de la mencionada institución, contra la Resolución emitida por la Comisión Electoral 2012-2015 para la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (SINTIEA) de fecha 30 de agosto de 2012 y en contra de las postulaciones realizadas en los días 08, 09 y 10 de agosto de 2012. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada. Se remite copia certificada de la referida decisión.

Atentamente,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

 

 

 

Caracas, 04 de octubre de 2017

Oficio Nº _________

Ciudadanos

NERBYS MÚÑOZ, ALBYSAY ROMERO, DAIRON BORRO, DOUGLAS MARTÍNEZ, YOSTON GARCÍA e HILDA PALENCIA

Miembros de la Comisión Electoral del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica del estado Aragua.

Su Despacho

           

            Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 31 de mayo de 2016 dictó Sentencia N° 73 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el ciudadano DARWIN RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 15.122.585, debidamente asistido por la abogada Clemen Carolina Aponte Figuera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.679, contra el auto de cierre de fecha 18 de diciembre de 2014 emanado del Consejo Nacional Electoral con sede en el estado Aragua, por la omisión, demora y deficiencia de prestación de servicio público y abstención por parte de la mencionada institución, contra la Resolución emitida por la Comisión Electoral 2012-2015 para la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (SINTIEA) de fecha 30 de agosto de 2012 y en contra de las postulaciones realizadas en los días 08, 09 y 10 de agosto de 2012. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada. Se remite copia certificada de la referida decisión.

Atentamente,

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

Presidenta de la Sala Electoral

 

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds

 

 

 

 

 

 

 

B O L E T A

Caracas, 04 de octubre de 2017

207º y 158º

SE HACE SABER:

 

            Al ciudadano DARWIN RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 15.122.585, que esta Sala Electoral en fecha 31 de mayo de 2016 dictó Sentencia N° 73 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por Usted, contra el auto de cierre de fecha 18 de diciembre de 2014 emanado del Consejo Nacional Electoral con sede en el estado Aragua, por la omisión, demora y deficiencia de prestación de servicio público y abstención por parte de la mencionada institución, contra la Resolución emitida por la Comisión Electoral 2012-2015 para la elección de la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica (SINTIEA) de fecha 30 de agosto de 2012 y en contra de las postulaciones realizadas en los días 08, 09 y 10 de agosto de 2012. En dicho fallo esta Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada. Se remite copia certificada de la referida decisión.

 

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta, 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

            La Secretaria,

 

            INTIANA LÓPEZ PÉREZ

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp.N°AA70-E-2015-000030

IMAI/ilp/ds