JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 18 de octubre de 2017
207º y 158º
Vista la Sentencia Nº 181 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017, mediante la cual declaró: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada de manera conjunta, en atención a la declaratoria de inadmisibilidad de la acción principal. Se acuerda notificar a la parte accionante. Remítase copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boleta.
Igualmente, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios (parte accionante), en la siguiente dirección: Torre Cosmopolitan, Piso 6, Oficina 62, Avenida 19 de Abril, Urbanización Calicanto, Municipio Girardot, Maracay, estado Aragua, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. Nº AA70-E-2017-000049
IMAI/ilp/ds
En fecha dieciocho (18) de octubre de 2017, se deja constancia que se libró comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Leoncio Dioscoridis Valera Barrios (parte accionante), del fallo N° 103 dictado por esta Sala Electoral, en fecha 10 de octubre de 2017.
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. N°AA70-E-2017-000049
IMAI/ilp/ds
TRIBUNAL COMISIONADO: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor).
TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.
HACE SABER:
Que en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.077, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GIOVANNI ZAPARRATA, ANTONINO MARCHETTA, GIUSEPPE DE LUCA, MARIA FRANZIN, ADRIANA OJEDA, LILIANA MASTROROSA, ENRICO BONIELLO, ANNA DE LUCA, VICTOR ANTONELLI, PIERLUIGI DI TONTO, MICHELLE CIPOLLA, PATRICIA CHIAZZESE, MARIO PARIS, CARMELO DI QUINZIO, CLAUDIA TORELLA y LUIGI GIARDINA, titulares de la cédula de identidad Nos. 14.692.929, 7.219.449, 6.341.912, 7.233.412, 7.238.475, 7.234.497, 7.241.692, 7.258.610, 15.993.643, 9.647.654, 7.260.496, 9.680.723, 12.138.304, 9.642.342, 15.532.909 y 7.182.781, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la Asociación Cultural y Social Casa Italia de Maracay para que "(…) restablezca la situación jurídica infringida en cuanto acepte la inscripción de la Plancha N° 2(…)", esta Sala acordó comisionar para notificar a la parte accionante, de la sentencia N° 103 dictada en fecha 10 de octubre de 2017. A tal fin e remite Boleta de notificación.
Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.
Caracas, 18 de octubre de 2017.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Exp. N°AA70-E-2017-000049
IMAI/ilp/ds
Caracas, 18 de octubre de 2017
Oficio Nº______
Ciudadano,
Juez Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor).
Su Despacho:
Tengo a bien dirigirme a usted, a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.077, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GIOVANNI ZAPARRATA, ANTONINO MARCHETTA, GIUSEPPE DE LUCA, MARIA FRANZIN, ADRIANA OJEDA, LILIANA MASTROROSA, ENRICO BONIELLO, ANNA DE LUCA, VICTOR ANTONELLI, PIERLUIGI DI TONTO, MICHELLE CIPOLLA, PATRICIA CHIAZZESE, MARIO PARIS, CARMELO DI QUINZIO, CLAUDIA TORELLA y LUIGI GIARDINA, titulares de la cédula de identidad Nos. 14.692.929, 7.219.449, 6.341.912, 7.233.412, 7.238.475, 7.234.497, 7.241.692, 7.258.610, 15.993.643, 9.647.654, 7.260.496, 9.680.723, 12.138.304, 9.642.342, 15.532.909 y 7.182.781, respectivamente, contra la Comisión Electoral de la Asociación Cultural y Social Casa Italia de Maracay para que "(…) restablezca la situación jurídica infringida en cuanto acepte la inscripción de la Plancha N° 2(…)".
Atentamente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Exp. N°AA70-E-2017-000049
IMAI/ilp/ds
B O L E T A
Caracas, 18 de octubre de 2017
207º y 158º
SE HACE SABER:
A los ciudadanos GIOVANNI ZAPARRATA, ANTONINO MARCHETTA, GIUSEPPE DE LUCA, MARIA FRANZIN, ADRIANA OJEDA, LILIANA MASTROROSA, ENRICO BONIELLO, ANNA DE LUCA, VICTOR ANTONELLI, PIERLUIGI DI TONTO, MICHELLE CIPOLLA, PATRICIA CHIAZZESE, MARIO PARIS, CARMELO DI QUINZIO, CLAUDIA TORELLA y LUIGI GIARDINA, titulares de la cédula de identidad Nos. 14.692.929, 7.219.449, 6.341.912, 7.233.412, 7.238.475, 7.234.497, 7.241.692, 7.258.610, 15.993.643, 9.647.654, 7.260.496, 9.680.723, 12.138.304, 9.642.342, 15.532.909 y 7.182.781, respectivamente, y/o a su apoderado judicial abogado Leoncio Dioscoridis Valera Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.077, que esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017 dictó Sentencia N° 103 en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar por Usted, contra la Comisión Electoral de la Asociación Cultural y Social Casa Italia de Maracay para que "(…) restablezca la situación jurídica infringida en cuanto acepte la inscripción de la Plancha N° 2(…)". En dicho fallo esta Sala declaró: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta. INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada de manera conjunta, en atención a la declaratoria de inadmisibilidad de la acción principal. Se remite copia certificada de la referida sentencia.
Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
Firma: ________________
Fecha: ________________
Exp.N°AA70-E-2017-000049
IMAI/ilp/ds