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Caracas, 20 de
agosto de 2021
211º y 162º
El 22 de julio de 2021, mediante
diligencia presentada ante la Secretaría de esta Sala Constitucional, el
abogado VÍCTOR EDUARDO MARRERO SABINO,
inscrito en
el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 251.829, actuando
con el carácter de apoderado judicial de GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A., (DIREC TV VENEZUELA),
consignó escrito solicitando se notifique la decisión contenida en la sentencia
número 240 del 11 de junio de 2021, mediante la cual esta Sala acordó levantar
todas las medidas cautelares contenidas en la sentencia número 0064 dictada el
22 de mayo de 2020 y la sentencia número 0066 dictada el 26 mayo de 2020, al
Director General del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN); al
Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería
(SAIME), al Superintendente de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN);
al Ministro del Poder Popular para las Relaciones Exteriores (MPPRE), a la
Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG); Servicio Autónomo
de Propiedad Intelectual (SAPI); y al Superintendente del Servicio Nacional
Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Ahora bien, el 11 de
junio de 2021, esta Sala Constitucional dictó sentencia número 0240, en la que
se acordó levantar todas las medidas cautelares
contenidas en las sentencias números 064 del 22 de mayo de 2020 y 066 del 26 mayo de
2020, en la que entre otros pronunciamientos, señaló:
(Omissis)
Visto, que a la
presente fecha se materializó el trámite atinente a la transacción mercantil
relacionada con la compra - venta total de las acciones por parte del
operador de telecomunicaciones Sociedad Mercantil DIRECTV LATIN
AMERICA, LLC a la Sociedad Mercantil SCALE USA HOLDING LLC,
previo análisis y visto bueno otorgado por la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (CONATEL), en fecha 01 de octubre de 2020, suscrito por
el ciudadano JORGE ELIEZER
MÁRQUEZ MONSALVE, actuando con el carácter de Director General
(E), mediante oficio alfanumérico DG/2020/N° 0951 de fecha 30 de
septiembre de 2020, esta Sala Constitucional, en ejercicio del poder cautelar
que le confiere el artículo 130 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia, resuelve levantar todas las medidas cautelares contenidas en la sentencia número 0064 de fecha 22 de mayo de 2020,
que declaró:
PRIMERO:
COMPETENTE para conocer la acción de amparo
constitucional en tutela de derechos e intereses colectivos y difusos ejercida
por los ciudadanos ISRAEL REINALDO MARIN MARTINEZ y WILLIAM
ARTURO FUENTES ULLOA, actuando en su carácter de miembros y voceros del
comité de usuarios y usuarias denominado “FRENTE DE USUARIOS Y USUARIAS PARA
LA DEFENSA DE LOS DERECHOS COMUNICACIONALES”.
SEGUNDO:
Se ADMITE en cuanto a lugar a derecho la presente acción de
amparo constitucional en tutela de derechos e intereses colectivos y difusos.
TERCERO:
Se ACUERDA medida cautelar innominada, en consecuencia:
1) Se ORDENA a
la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA)
continuar, de manera inmediata, con la prestación de servicio de televisión por
suscripción.
2) Se ORDENA a
la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) tomar posesión inmediata
de todos los bienes muebles e inmuebles, oficinas comerciales, sedes
administrativas, centro de operaciones y transmisiones, antenas y cualquier
otro equipo o instalación destinada a la prestación del servicio de televisión
por suscripción gestionado por la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA,
S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA). Para ello, CONATEL contará con el auxilio de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
3) Se ORDENA a la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) que designe una Junta
Administradora ad hoc de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A,
(DIREC TV VENEZUELA), la cual estará presidida por su Director General,
ciudadano Jorge Elieser Márquez Monsalve, y tendrá las más amplias facultades
de administración, a fin de garantizar el inmediato restablecimiento de los
servicios de televisión por suscripción y garantizar los derechos laborales de
todos los trabajadores de dicha empresa. La designación de la Junta
Administradora ad hoc deberá ser comunicada de inmediato a esta Sala
Constitucional.
4) Se ACUERDA prohibición
de salida de país a los integrantes de la junta directiva de la empresa GALAXY
ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA), ciudadanos John
Connelly, pasaporte N° 498070162; Jeff McElfresh, pasaporte N°
505619818; Michael Hartman, pasaporte N° 452017023; Michael
Webster Bowling, pasaporte N° 548527792, Héctor Rivero Olivares,
cédula de identidad N° V-8.973.642; Carlos Villamizar Barrios,
cédula de identidad N° V-6.910.636 y Rodolfo Carrano Pugliese,
cédula de identidad N° V-10.867.842. Igualmente, se acuerda medida de
prohibición de enajenar y gravar de los bienes de los referidos ciudadanos, así
como la inmovilización de cualquier tipo de cuenta bancaria o instrumento
financiero de los cuales sean titulares. A tal efecto, se deberá
notificar del presente fallo al Director del Servicio Administrativo de
Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), al Director General del
Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) y al Superintendente de la
Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN).
CUARTO:
Se ORDENA a la Junta Administradora ad hoc verificar
inmediatamente la posible situación de cobranza que pudiera haberse generado
desde la cesación del servicio, en cuyo supuesto debe informar de inmediato a
esta Sala.
QUINTO:
Se ORDENA a la Superintendencia de las Instituciones del
Sector Bancario (SUDEBAN) tomar las medidas pertinentes y proceder a los
trámites administrativos correspondientes que generen la suspensión de los
pagos por servicios no prestados a la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE
VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA), incluidas las retenciones por vía de
pagos automáticos y/o descuentos en pagos domiciliados en tarjetas de crédito,
debito u otra forma de pago, en protección a los usuarios suscriptores y hasta
tanto no se materialice la continuidad del servicio, e informar a esta Sala
Constitucional.
SEXTO: Las
medidas cautelares acordadas se harán extensiva a todas aquellas operadoras de
televisión por suscripción que, de manera intempestiva, suspendan la prestación
de sus servicios.
SÉPTIMO:
Se ORDENA la remisión de copia certificada del presente fallo
al Ministerio Público, a fin de que este determine las responsabilidades
penales a que hubiere lugar.
OCTAVO:
Asimismo, se le recuerda que conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley
Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el presente
mandamiento cautelar debe ser acatado, so pena de incurrir en ilícito constitucional
y exponerse a la sanción prevista en el artículo 31 eiusdem, de conformidad con
el criterio vinculante establecido por esta Sala Constitucional en sentencia N° 245, del 9 de abril de 2014.
NOVENO:
Se ORDENA notificar al Ministro del Poder Popular para las
Relaciones Exteriores, ciudadano Jorge Arreaza Monserrat; al Ministro del Poder
Popular para la Defensa, ciudadano G/J (EJB) Vladimir Padrino López, al
Ministro del Poder Popular para el Trabajo, ciudadano Eduardo Piñate, al
Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, ciudadano Jorge
Elieser Márquez Monsalve, al Fiscal General de la República, ciudadano Tarek
Williams Saab y al Defensor del Pueblo, ciudadano Federico Ruiz, al Director
del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME),
al Director General del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) y al
Superintendente de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario
(SUDEBAN), de la presente decisión.
Asimismo, esta
Sala Constitucional acuerda levantar todas las medidas cautelares contenidas en
la sentencia número 0066 de fecha 26 mayo de 2020, en la que entre
otros pronunciamientos, señaló:
PRIMERO: Se declara CONFORME A
DERECHO la designación la Junta Directiva ad hoc de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA,
S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA), efectuado por la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (CONATEL), la cual quedó conformada por el ciudadano Jorge
Eliéser Márquez Monsalve, titular de la cédula de identidad N° 8.714.253,
como Presidente, el ciudadano José Adelino Ornelas Ferreira,
titular de la cédula de identidad N° 7.087.964, como Vicepresidente y los
ciudadanos Miguel Ángel Ramones Galviz, titular de la cédula
de identidad N° 11.496.429, Mardy Nilse Medina Galaviz titular
de la cédula de identidad N° 10.630.378 y Alexander José Ramírez Rojas,
titular de la cédula de identidad N° 12.042.418, como miembros, en
consecuencia, la misma está plenamente facultada para realizar cualesquiera
actos de administración, operatividad y funcionamiento necesarios para el
cumplimiento de la tutela cautelar acordada por esta Sala Constitucional en
sentencia N° 0064 del 22 de mayo de 2020.
SEGUNDO: Se ORDENA a
la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (SUDEASEG) que informe
de manera inmediata a esta Sala sobre la existencia de cualquier contrato
de seguro, reaseguro o fianza suscrito entre la sociedad mercantil GALAXY
ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA), y cualquier empresa
del sector asegurador, reasegurador o de fianza y del estatus en el que los
mismos se encuentren.
TERCERO: Se ORDENA a la Bolsa
de Valores de Caracas que informe de manera inmediata a esta Sala si
la sociedad mercantil GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV
VENEZUELA) cotiza acciones o cualquier otro título valor en dicha institución,
en cuyo caso, deberá suspender de manera inmediata la comercialización u
operación de tales títulos. Dicha información debe contener a detalle las
operaciones indicadas.
CUARTO: Se ORDENA al Servicio
Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) que remita a esta Sala Constitucional
copia certificada de los expedientes relacionados con marcas, lemas comerciales
y patentes de GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA) y
otras marcas, lemas comerciales y patentes conexas con la mencionada empresa.
QUINTO: Se ORDENA oficiar
al Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y
Extranjería (SAIME), a los fines que remita a esta Sala el movimiento
migratorio de los integrantes de la junta directiva de la empresa GALAXY
ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA), ciudadanos John
Connelly, pasaporte N° 498070162; Jeff McElfresh, pasaporte N°
505619818; Michael Hartman, pasaporte N° 452017023; Michael
Webster Bowling, pasaporte N° 548527792, Héctor Rivero Olivares,
cédula de identidad N° V-8.973.642; Carlos Villamizar Barrios,
cédula de identidad N° V-6.910.636 y Rodolfo Carrano Pugliese,
cédula de identidad N° V-10.867.842.
SEXTO: Se PROHÍBE la importación y comercialización de
equipos tecnológicos y de cualquier índole relacionados con DIRECTV, sin
previa autorización de la Junta Administradora ad hoc de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA,
S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA); en tal sentido, se ORDENA oficiar
al Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria (SENIAT), a los fines que se proceda a retener dichos equipos
tecnológicos y de cualquier índole e inicie los procedimientos administrativos
sancionatorios que correspondan, a tal efecto debe informar a esta Sala.
SÉPTIMO: Se ORDENA a la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) la remisión en copia
certificada y con carácter de urgencia del expediente relacionado con la
empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA).
(Omissis). (Mayúscula y negrilla del
fallo).
Ello así, se ratifica el contenido
integro de la decisión número 0240 del 11 de junio de 2021, dictada por esta
Sala, en la que se acordó levantar todas las medidas
cautelares contenidas en las sentencias números 064 del 22 de mayo de 2020 y
066 del 26 mayo de 2020. Asimismo, a fin de dar cumplimiento expedito de lo dispuesto en el precitado
fallo, se ordena a la Secretaría de esta Sala que, conforme a lo señalado en el
artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Justicia, aplicable por remisión del artículo 48 de la Ley Orgánica de
Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, practique vía electrónica o
telefónica las notificaciones correspondientes a la parte accionante, al
Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN); al Servicio Administrativo
de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a la Superintendencia de
las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN); al Ministerio del Poder
Popular para las Relaciones Exteriores (MPPRE), a la Superintendencia de la
Actividad Aseguradora (SUDEASEG); al Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual
(SAPI); a la Superintendencia del Servicio Nacional Integrado de Administración
Aduanera y Tributaria (SENIAT); a la Bolsa de Valores de Caracas; a la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) quien, a su vez, deberá notificar a la
Junta Directiva ad hoc de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA,
S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA); a la Junta Directiva de la empresa GALAXY
ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, S.C.A, (DIREC TV VENEZUELA); e informar a esta
Sala, de dichas actuaciones, dejando constancia de ello en el expediente.
Publíquese, regístrese, notifíquese.
Cúmplase lo ordenado.
En Caracas, a la fecha indicada supra.
La Presidenta,
LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
El
Vicepresidente,
ARCADIO DELGADO ROSALES
Los
Magistrados,
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
Ponente
CALIXTO ORTEGA RÍOS
LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
RENÉ ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
El Secretario (T),
CARLOS ARTURO GARCÍA USECHE
Exp. 20-0202
JJMJ