SALA CONSTITUCIONAL

Caracas, 13 de diciembre de 2002.

192° y 143°

 

El 22 de noviembre de 2002, los abogados DAVID BITTAN y ANGELINA JAFFE, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 36.740 y 95.857, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano General de División (GN) EDGAR MÉNDEZ CASANOVA,  venezolano, titular de la cédula de identidad número 3.008.995, interpusieron acción de amparo constitucional contra el Ministro de la Defensa, ciudadano General de Brigada (EJ) JOSÉ LUIS PRIETO, por ser el órgano que dictó la Resolución mediante la cual se somete a su representado a Consejo de Investigación.

 

En la oportunidad señalada, se dio cuenta en Sala y se designó como ponente al Magistrado que, con tal carácter, suscribe el presente fallo.

 

Ahora bien, antes de pronunciarse la Sala acerca de su competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, observa:

 

 Que en causas como la presente, esta Sala Constitucional fijó criterio respecto a los Consejos de Investigación, en concordancia con el artículo 266 constitucional, referido al antejuicio de mérito para altos funcionarios (Casos: General Henry Lugo Peña y Almirantes Edgar Morillo y Willian Girón); asimismo, que de las actas que conforman el presente expediente no existen elementos de convicción que ilustren el criterio judicial respecto de una imputación por parte del Ministerio Público,

 

En consecuencia, estima la Sala necesario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, requerir al Fiscal General de la República y a la Fiscalía Militar, adscrita al Ministerio de la Defensa, información acerca de si dichos organismos han llamado al ciudadano EDGAR MÉNDEZ CASANOVA, a rendir declaración en calidad de imputado, o si han practicado algún acto de investigación formal que conduzca a tal imputación.

 

La información solicitada deberá ser remitida dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al recibo de las respectivas comunicaciones, y así se decide.

 

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

 

El Presidente de la Sala,

 

 

 

IVÁN RINCÓN URDANETA

                                                                           El Vicepresidente-Ponente,

 

 

 

                                                          JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO

 

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO

 

 

                                                            ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA

 

 

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ

 

 

El encargado de la Secretaría,

 

 

 

TITO DE LA HOZ

 

Exp. Nº: 02-2930

J.E.C.R./