Caracas,        de                      de 2005

195° y 146°

 

Vista la decisión N° 1.307, que dictó esta Sala Constitucional el 22 de junio de 2005 (Caso: Ana Mercedes Bermúdez), mediante la cual se suprimió, conforme a la norma derogatoria de la Constitución, la consulta de ley que preveía el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, como consecuencia de ello ordenó la publicación de dicha decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que en el transcurso de treinta (30) días posteriores a su publicación, las partes manifestasen su interés en que la consulta que esté pendiente se decida, y en caso contrario se remita el expediente al tribunal de origen mediante un auto, dado que la decisión que se hubiere dictado, habría quedado definitivamente firme.

 

Visto que, la referida decisión fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.220, del 1 de julio de 2005.

 

Visto que la presente causa se refiere a la consulta de ley a la que se encontraba sometida la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, el 30 de mayo de 2005, en la acción de amparo constitucional intentada por los abogados Héctor Hernández Guzmán, Héctor Hernández Castro y Merly Castro Gómez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 46.037, 100.214 y 47.390, respectivamente, actuando como defensores del ciudadano SERGIO CELESTINO LÓPEZ CEDEÑO, titular de la cédula de identidad Nº. 8.217.865, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del referido Circuito Judicial Penal, el 5 de octubre de 2004.

 

Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que ninguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida el presente caso, esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide.

 

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

 

La Presidenta,

 

 

 

Luisa Estella Morales Lamuño

El Vicepresidente,

                 

 

                                                        Jesús Eduardo Cabrera Romero

 

 

Pedro Rafael Rondón Haaz

   Magistrado

             

Luis Velázquez Alvaray

                    Magistrado-Ponente               

 

 

Francisco Antonio Carrasquero López

                       Magistrado

 

 

 

Marcos Tulio Dugarte Padrón

Magistrado

 

 

Carmen Zuleta de Merchán

            Magistrada

 

 

   El Secretario,

 

 

                                    José Leonardo Requena Cabello

 

Exp. 05-1433

LVA/