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SALA CONSTITUCIONAL
Caracas, 19 de FEBRERO de 2008
197° y 148°
Mediante oficio Nro. 505 del 5 de noviembre de 2007,
Tal remisión, obedece al recurso de apelación interpuesto por la abogada defensora Milena Liani Rigall de conformidad con el artículo 35 del Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
El 16 de noviembre de 2007, se dio cuenta en Sala del presente expediente
y se designó ponente al Magistrado FRANCISCO
ANTONIO CARRASQUERO LOPEZ, quien con tal carácter suscribe el presente
fallo.
Ahora bien, por cuanto el 31 de diciembre de 2007 se
publicó en GACETA OFICIAL DE
“Artículo 1. Se concede amnistía a favor de todas aquellas personas que
enfrentadas al orden general establecido, y que a la presente fecha se
encuentran a derecho y se hayan sometido a los procesos penales, que hayan sido
procesados o condenados por la comisión de delitos en los siguientes hechos
(omissis)
d. Por la privación ilegítima de libertad del Ciudadano Ramón Rodríguez
Chacín, Ministro de Interior y Justicia, el doce (12) de abril de 2002 (…)”.
En este sentido, y por cuanto se desprende del
contenido del amparo interpuesto que el mismo se refiere a la causa penal que
se le sigue a la ciudadana MÓNICA FERNÁNDEZ
por la presunta comisión del delito de privación ilegítima de libertad
previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal vigente en perjuicio del ciudadano Ramón Rodríguez
Chacín, encontrándose así dentro de los supuestos del prenombrado decreto de
amnistía, es por lo que se hace necesario- antes de emitir el correspondiente
pronunciamiento- oficiar al Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial
Penal del Área Metropolitana de Caracas a los fines de que informe a esta Sala
el estado actual de la causa; y en caso
de haberse dictado decisión enviar copia certificada de la misma dentro
de los cinco (5) días calendarios siguientes a su notificación, todo de
conformidad con lo previsto en el artículo 19.2 de
Se advierte que la omisión en el cumplimiento del
anterior mandato, podría acarrear responsabilidad administrativa, ello de
conformidad con el numeral 2 del artículo 23 de
Publíquese, regístrese y
ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Vicepresidente,
JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
Los Magistrados,
PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
Ponente
MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
ARCADIO DE JESÚS
DELGADO ROSALES
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO
FACL/
Exp. n° 07-1652