SALA
CONSTITUCIONAL
Magistrado Ponente: Luis Velázquez
Alvaray
Expediente N° 2002-2443
El 3 de octubre de 2002, se recibió ante esta Sala
Constitucional, escrito presentado por los ciudadanos AUGUSTO MONTIEL, YOLANDA
NIÑO y OTROS, titulares de las cédulas de identidad números
5.309.226 y 9.133.122, respectivamente, miembros de las Asociaciones Civiles FORO CONSTITUCIÓN Y PAZ, EMERGENCIA
PATRIÓTICA 333, GUARDIANES DE LA LUZ, MOVIMIENTO POR LA PAZ Y EL DESARROLLO SOCIAL y LA COORDINADORA POPULAR
DE CARACAS, asistidos por el abogado Julio Cesar Lattan Ávalo, inscrito en el Instituto de
Previsión Social del Abogado bajo el número 37.429, contentivo de la acción de
amparo constitucional contra los propietarios de las empresas y plantas
televisivas Radio Caracas Televisión (RCTV), VENEVISIÓN, TELEVEN, GLOBOVISIÓN y
contra los programas El Observador, El Informador, El Noticiero TELEVEN, La Entrevista, 30 minutos,
Titulares de Mañana, Grado 33 y Noticias Globovisión, por la presunta violación
de los derechos constitucionales a la democracia, a la igualdad, al pluralismo político, a la formación
ciudadana, a la libertad de expresión, a la información y a la comunicación
plural, a la información libre y sin censura y a la información veraz e
imparcial.
En
esa misma fecha, se dio cuenta en Sala y se designó como ponente al Magistrado Jesús
Eduardo Cabrera Romero y, el 20 de enero de 2005 se reasignó la ponencia al
Magistrado Luis Velázquez Alvaray, quien con tal carácter, suscribe la presente
decisión.
ÚNICO
Visto que el 15 de marzo de 2004, las
asociaciones civiles Asociación Bolivariana de Abogados con la Constitución (ASOABOGADOS), Frente Revolucionario
de Reservistas, Foro Constitución y Paz; Guardianes de la Luz por la Paz; Emergencia Patriótica 333,
asistido por el abogado Luis Labrador, inscrito en el Instituto de Previsión
Social del Abogado bajo el nº 59.329; interpusieron en su propio nombre y “a favor del pueblo y de la sociedad
venezolana” acción de amparo constitucional contra “los propietarios de la empresa televisiva Globovisión (canal 33) y
quienes dirigen dicha empresa de telecomunicación, específicamente en sus
programas nacionales”, la cual forma parte del expediente signado con el N°
2004-0615, nomenclatura de la
Sala.
Visto
que la pretensión referida supra, es idéntica a la que cursa en
autos, ya que se trata de pretensiones idénticas, sujetas a la misma
tramitación, en aras de los principios de economía procesal, de seguridad
jurídica y de justicia, se exige que sea un solo ponente el que conozca la
causa, para evitar fallos contradictorios.
Visto que, el 13 de julio de 2005,
en sentencia de esta Sala N° 1655/2005, con ponencia del Magistrado Francisco
Antonio Carrasquero López, se admitió la acción de amparo que cursa en el
expediente N° 2004/0615 –nomenclatura de la Sala-, para lo cual se ordenó la notificación de
los accionados, del Fiscal General de la República y del Defensor del Pueblo.
En
consecuencia, esta Sala, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Amparo sobre
Derechos y Garantías Constitucionales, ordena acumular la presente causa al
referido expediente N° 2004-0615, en virtud de que en dicha causa fue donde
primero se previno y, así se declara.
DECISIÓN
Por
las razones expuesta esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,
administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA ACUMULAR la
presente causa contentiva de la acción de amparo formulada por los ciudadanos AUGUSTO
MONTIEL, YOLANDA NIÑO y OTROS, identificados supra,
miembros de las Asociaciones Civiles FORO
CONSTITUCIÓN Y PAZ, EMERGENCIA PATRIÓTICA 333, GUARDIANES DE LA LUZ,
MOVIMIENTO POR LA PAZ Y
EL DESARROLLO SOCIAL y LA COORDINADORA POPULAR
DE CARACAS, asistidos de abogado, contra los propietarios de las empresas y
plantas televisivas Radio Caracas Televisión (RCTV), VENEVISIÓN, TELEVEN,
GLOBOVISIÓN y contra los programas El Observador, El Informador, El Noticiero
TELEVEN, La Entrevista,
30 minutos, Titulares de Mañana, Grado 33 y Noticias Globovisión, a la sustanciada en el expediente
No. 2004-0615 -nomenclatura de
esta Sala-.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada, en el Salón de Audiencias del
Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, en Caracas, a los 01 días
del mes marzo de dos mil seis (2006). Años: 195° de la Independencia y 147°
de la Federación.
La Presidenta,
Luisa Estella Morales Lamuño
El Vicepresidente
Jesús Eduardo Cabrera
Romero
Pedro Rafael Rondón Haaz
Magistrado
Luis
Velázquez Alvaray
Magistrado-Ponente
Francisco Carrasquero López
Magistrado
Marcos
Tulio Dugarte Padrón
Magistrado
Carmen Zuleta
de Merchán
Magistrada
El
Secretario,
José
Leonardo Requena
Exp. N°: 02-2443
LVA/