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En Sala Constitucional
Exp. 07-0469
Caracas, 27 de noviembre de 2014.
204º y 155º
Visto que mediante Oficio N° 0081/2007 del 22 de marzo de 2007, el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remitió a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, copia certificada del expediente contentivo de la decisión que emitió el 13 de marzo de 2007, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Rafael Hidalgo Solá y Antonieta Reyes Limonta, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 16.248 y 61.641, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos JUAN DURÁN LEBOREIRO y CARMEN TERESA AMADO DE DURÁN, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.981.050 y 3.279.439, respectivamente, contra la decisión dictada el 14 de agosto de 2006, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial.
Visto igualmente que la causa fue remitida de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a fin de que esta Sala se pronuncie en torno a la apelación tempestiva que ejerció el 14 de marzo de 2007 el ciudadano José Ernesto Natera Delgado, tercero interesado en la causa, contra la decisión del mencionado Juzgado Superior dictada el 13 de marzo de 2007, mediante la cual se declaró con lugar la acción de amparo y se revocó el fallo accionado.
Esta Sala, para pronunciarse sobre el caso sometido a su conocimiento, dicta auto para mejor proveer de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, en consecuencia ORDENA al Juez Rector de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que remita a esta Sala, dentro de los cinco (5) días siguientes al momento de producirse la notificación de este auto, más el término de la distancia, que en el presente caso es de dos (2) días, información del estado actual, últimas actuaciones y últimas decisiones de todos los expedientes contentivos de los juicios de intimación y estimación de honorarios profesionales incoados por los abogados José Ernesto Natera Delgado, Antonio Natera Delgado, Rosa Blanca González de Natera y Parley Rivero, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 4.403, 14.132, 15.551 y 27.044, contra los ciudadanos Juan Durán Leboreiro y Carmen Teresa Amado de Durán, con ocasión del juicio que por calificación de despido intentare el ciudadano Juan Durán Leboreiro, asistido -entre otros- por el abogado José Ernesto Natera Delgado, contra Bujías Champion de Venezuela C.A., junto con el inter procesal de cada una de esas causas, así como informe si se produjo la ejecución del embargo ejecutivo sobre el bien inmueble gravado o cualquier otra ejecución y cobro de honorarios profesionales por este concepto, para que la Sala pueda formarse un criterio adecuado sobre la situación planteada.
En caso de no acatar la orden impartida en el presente auto, se impondrán las sanciones contenidas en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta,
GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
El Vicepresidente,
FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
Los Magistrados,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
Magistrado-Ponente
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
ARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO
Exp. N° 07-0469