SALA CONSTITUCIONAL

 

Caracas,  29  de septiembre  de 2005

195° y 146°

 

Vista la decisión N° 1.307, que dictó esta Sala Constitucional el 22 de junio de 2005 (Caso: Ana Mercedes Bermúdez), mediante la cual se suprimió, conforme a la norma derogatoria de la Constitución, la consulta de ley que preveía el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, como consecuencia de ello ordenó la publicación de dicha decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de que en el transcurso de treinta (30) días posteriores a su publicación, las partes manifestasen su interés en que la consulta que esté pendiente se decida, y en caso contrario se remita el expediente al tribunal de origen mediante un auto, dado que la decisión que se hubiere dictado, habría quedado definitivamente firme.

 

Visto que, la referida decisión fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.220, del 1 de julio de 2005.

 

Visto que la presente causa se refiere a la consulta de ley a la que se encontraba sometida la decisión dictada por el Juzgado Superior Quinto  Agrario y Civil-Bienes con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el 26 de abril de 2005, en la acción de amparo constitucional intentada por Rumualdo Amundaray Rojas, Hilario Rojas y Otros, contra la decisión dictada el 5 de febrero de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

 

Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que ninguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida el presente caso, esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide.

 

 

Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

 

 

La Presidenta,

 

 

 

 
 
 
Luisa Estella Morales Lamuño

 

 

 

 

 

                                                       El Vicepresidente,

 

 

 

 

Jesús Eduardo Cabrera Romero

 

 

 

 

Pedro Rafael Rondón Haaz

    Magistrado                         

 

 
 
 
Luis Velázquez Alvaray

                                                                                      Magistrado-Ponente

 

 

 

 

 
 
Francisco Carrasquero López

                 Magistrado                        

 

 

 

   

 

       Marcos Tulio Dugarte Padrón

                                                                       Magistrado

 

 

 

Arcadio Delgado Rosales

           Magistrado

 

El Secretario,

 

 

 

 

José Leonardo Requena

 

 

 

 

 

 

Exp. N°: 05-1260

LVA/