Caracas, 12 de julio
2000.
189° y 140°
Corresponde al suscrito, en su carácter de
Ponente de la presente causa y de conformidad con el artículo 458 del Código
Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la procedencia o desestimación del
recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública de Presos Vigésima
Cuarta de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, ante
la Sala n° 5 de la Corte de Apelaciones de la misma Circunscripción Judicial,
contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Decimoquinto en lo Penal de
la mencionada Entidad Federal, en fecha 14 de agosto de 1998, mediante la cual condenó a los imputados Rafael Giovanny
Romero Peroza, venezolano, natural de Caracas, Distrito Federal, con cédula de
identidad N° 8.585.175 y Eloy Natalio Piñango, natural de Guatire, Estado
Miranda, con cédula de identidad N° 3.799.861 a cumplir cada uno la pena de 12 años de presidio por el delito de Robo Agravado, previsto en el artículo
460 del Código Penal.
Con fundamento en el ordinal 2°, del artículo
330 del Código de Enjuiciamiento Criminal, denuncia la formalizante
quebrantamientos de trámites procedimentales, por cuanto la recurrida omite
expresar los hechos fundamentos de la determinación del delito de robo
agravado.
No cita la recurrente la disposición legal que
pretende infringida y ello impide a la Sala poder conocer cual de los
fundamentos por quebrantamiento de forma ha sido denunciado.
Por otra parte, en consideración a lo dispuesto
en los artículos 207 de la Constitución y 13 del Código Orgánico Procesal
Penal, se aprecia que, no obstante el incumplimiento de las formalidades
exigidas para la formalización del recurso, la Sala ha revisado el fallo
impugnado y estima que el mismo se ajusta a derecho. Así se decide.
Por las razones antes expuestas esta Sala Penal
del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la
República y por autoridad de la Ley desestima
por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la
defensora pública de presos vigésimo cuarta de la Circunscripción Judicial del
área Metropolitana de Caracas.
Publíquese,
regístrese el expediente.
El Presidente de la Sala,
El
Vicepresidente
RAFAEL
PEREZ PERDOMO
Magistrado,
La
Secretaria,
LINDA
MONROY de DIAZ
RPP/mj
Exp. 00-0262