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Caracas, 20 de junio
de 2006
196° y 147°
La Corte de Apelaciones del Circuito
Judicial Penal del Estado Monagas, a cargo de los ciudadanos jueces abogados
REINALDO GIL (Presidente), EIRA DEL CASTILLO DE HERNÁNDEZ y ALEJANDRO PALACIOS
LARA (Ponente), el 22 de septiembre del año 2000 dijo “...’VISTOS’ SIN INFORMES
...” y emitió los pronunciamientos siguientes: 1) CONDENÓ a los
ciudadanos OSCAR ERNESTO GARCÍA RODRÍGUEZ y BLAS OSCAR GARCÍA ÁLVAREZ, a
cumplir la pena de OCHO AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de ROBO A MANO ARMADA,
tipificado en el artículo 460 del reformado Código Penal; 2) Decretó el
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en cuanto al delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE
FUEGO, tipificado en el artículo 278 “eiusdem”; y 3) declaró sin lugar la
apelación interpuesta.
En la sentencia dictada por el
tribunal del juicio constan los hechos siguientes:
“… en fecha
veintidós de noviembre de mil novecientos noventa y tres (22-11-93), en horas
de la noche, los procesados Oscar Ernesto García Rodríguez y Blas Oscar Rodríguez
Álvarez, portando armas de fuego, lo cual no tenían permiso para portarlas,
constriñeron bajo amenaza de muerte, al ciudadano Luis Alfredo Febres Cabeza
para que les entregara el vehículo marca chevrolet, modelo nova, tipo sedan, clase automóvil, año 73, color azul, placa
NAN-553 ...”.
El Defensor de los ciudadanos penados
OSCAR ERNESTO GARCÍA RODRÍGUEZ y BLAS OSCAR RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, el 23 de febrero
de 2006 interpuso recurso de casación y en su única denuncia señaló la falta de
aplicación del artículo 509 del reformado Código Orgánico Procesal Penal, pero
vigente para la fecha en que la referida corte dictó el fallo y alegó que la
Corte de Apelaciones debió notificar a sus representados antes de dictar
sentencia dada la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal.
La Sala Penal admite dicho
recurso y convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un
plazo no menor de quince días ni mayor de treinta de acuerdo con lo ordenado en
el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y
notifíquese a la partes. Ofíciese lo conducente.
El Magistrado Presidente,
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE
El Magistrado Vicepresidente,
HÉCTOR CORONADO FLORES
La Magistrada,
BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
La Magistrada,
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS
La Magistrada,
MIRIAM MORANDY MIJARES
Ponente
La Secretaria,
Exp. 06-187
MMM.