Caracas, 10 de marzo de 2000
189º y 141º
En fecha
dos de marzo de dos mil, se recibió en esta Sala de Casación Penal,
comunicación suscrita por el ciudadano JULIO
CESAR BASTARDO REYES, en la cual se lee textualmente:
"…Yo, BASTARDO REYES JULIO CESAR, titular de
la cédula de identidad Nro. V-10.514.901,
actualmente recluido en el Internado Judicial Capital El Rodeo I, desde el 10
de septiembre de 1998 procedente de COMISARIA LA VEGA de Policía Técnica
Judicial en la cual estuve detenido desde el 11 de agosto de 1998, procesado
por el delito de COMPLICIDAD EN
HOMICIDIO, por mediación de la Dirección de este establecimiento, ocurro
ante Usted muy respetuosamente, con la finalidad de RENUNCIAR a el recurso de casación que en su momento recurrí ante
ese Supremo Tribunal en su Sala de Casación Penal…".
En consecuencia, esta Sala da por desistido el recurso de
casación por el anunciado y fundamentado por el Defensor Público Penal del
Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas.
Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Presidente de la Sala
Jorge L. Rosell Senhenn
Vice-Presidente Magistrado
Rafael Pérez Perdomo Alejandro
Angulo Fontiveros
Secretaria
JLRS/hnq.