Caracas, 27 de mayo del año 2003.

193º       y      144º

 

Visto el recurso de casación propuesto por la abogada María Eugenia Pacheco, adscrita a la Unidad de Defensoría Pública Penal del Estado Mérida, en su carácter de defensora del acusado Jesús Alberto Hernández Mariño, venezolano, con cédula de identidad Nº 17.130.088, contra el fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la referida entidad federal, que declaró con lugar el recurso de apelación propuesto por el Fiscal Quinto (Auxiliar) del Ministerio Público, contra la decisión de fecha 27 de noviembre de 2001, del Juzgado Segundo de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal que absolvió al nombrado acusado del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, a los fines de su distribución (artículo 36 de la Ley Orgánica sobre la materia), objeto de la acusación fiscal y lo condenó a la pena de diez años de prisión y a las accesorias legales correspondientes, por la comisión del delito de posesión de las referidas sustancias (artículo 34 ejusdem), esta Sala de Casación Penal, de conformidad con lo ordenado en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, declara admisible dicho recurso y, en consecuencia, convoca para la audiencia oral y pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30), a partir de la presente fecha. Convóquese a las partes y líbrense las correspondientes boletas.

 

Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.

 

El Presidente de la Sala,

 

ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS

El Vicepresidente,

 

RAFAEL PÉREZ PERDOMO

PONENTE

Magistrada,

 

BLANCA ROSA MÁRMOL de LEÓN

La Secretaria,

 

LINDA MONROY de DÍAZ

 

RPP/eld.

Exp. C02-0240