Caracas, 3 de MAYO de 2006

 

        196° y 147°

 

 

El 21 de abril de 2006, se presentó ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, una solicitud de avocamiento propuesta por los ciudadanos abogados Marcos César Alvarado Bethencourt, Milagros Coromoto Goitía Moisés, Mónica Andrea Rodríguez Flores y Susana María Sanjuán Cera, Fiscal Tercero del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, Fiscal Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Fiscal Quinta del Ministerio Público con Competencia para actuar ante las Salas de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y Fiscal Auxiliar Tercera del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, respectivamente, en relación con la causa que cursa ante el Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas y en las que están imputados los ciudadanos Andrea del Valle Guerrero, William Carrillo Camacho, José Ramón González, Windi Tovar Longa, Bru Lee Roberto Corvo Pinto, Julián José Salazar, Carlos Magdonals Blanco Suárez y José Gregorio González Hernández, por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, en grado de continuidad, tipificado en el artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 46 (ordinal 4°) y el artículo 66 eiusdem.

 

Vista la referida solicitud de avocamiento, la Sala de Casación Penal de conformidad con el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia,  la admite y acuerda solicitar, con la urgencia del caso, al Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, el expediente original llevado ante esa instancia bajo la nomenclatura WP01-P2005-017467 y todos los recaudos relacionados con la referida causa y ordena suspender inmediatamente el proceso, de acuerdo con el aparte 12 del artículo 18 eiusdem.

 

     El Magistrado Presidente,

 

 

 

     ELADIO RAMÓN APONTE APONTE

Ponente

 

 

 

El Magistrado Vicepresidente,

 

 

 

HÉCTOR CORONADO FLORES

 

 

 

Las Magistradas,

 

 

 

BLANCA ROSA MÁRMOL de LEÓN

 

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS

                                                                                                                   

 

 

MIRIAM MORANDY MIJARES

 

 

 

La Secretaria,

 

 

 

GLADYS HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

 

 

 

 

ERAA/fas                              

Exp. N°AA30-P-2006-00198

          

 

VOTO CONCURRENTE

 

            Quien suscribe, Blanca Rosa Mármol de León, Magistrada de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, manifiesta su conformidad en relación al auto de admisión que precede, no obstante estimo, tal como lo he expresado en diversos votos salvados y concurrentes, que en relación a la tramitación del avocamiento, formalizar el requerimiento del expediente mediante un auto de admisión, es innecesario, pues del numeral 10 del artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se desprende la atribución de requerir las actuaciones de manera directa al tribunal donde se encuentre, lo que implica tácitamente la admisión.

 

En efecto, este criterio ha sido sustentado en los siguientes votos:

03-0405 (noviembre 2003); 03-0367, 04-0300 y 04-0141 (agosto de 2004); 04-0276 y 04-0301 (septiembre 2004); 05-0091 y 04-0550 (marzo 2005); 05-0172  (mayo de 2005), 05-0089 y sentencia 04-0549  (abril 2005); 05-0580 (febrero 2006); 05-0570, 05-0354, 05-0398, 05-0433 y 06-0076 (marzo 2006).

 

            Queda en estos términos planteado mi voto concurrente en la presente decisión. Fecha ut-supra.

 

 

 

El Magistrado Presidente,

 

 

Eladio Aponte Aponte

 

 

El Magistrado Vicepresidente,                          La Magistrada,

 

 

Héctor Coronado Flores                                    Blanca Rosa Mármol de León

 

 

La Magistrada,                                         La Magistrada,

 

 

Deyanira Nieves Bastidas                                  Miriam Morandy Mijares

 

La Secretaria,

 

Gladys Hernández González

 

BRMdeL/hnq.

RC. Exp. N° 06-0198 (EAA)