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Caracas, 10 de mayo
de 2005
195° y 146°
Visto el recurso de
casación interpuesto por el ciudadano abogado HENRY SÁNCHEZ, Defensor de los
ciudadanos acusados WILMER ANTONIO ARVELO ARIAS, venezolano e identificado con
la cédula de identidad V-15.820.847 y JEAN CARLOS BASTARDO GRANADO, venezolano
e identificado con la cédula de identidad V-15.507.450, contra la sentencia
dictada el 16 de diciembre de 2003 por la Sala Ocho de la Corte de Apelaciones
del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la que
declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensa y por
tanto confirmó la decisión de primera instancia que condenó a los ciudadanos
acusados a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias
correspondientes, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD
CORRESPECTIVA, tipificado en el ordinal 1° del artículo 408 del Código Penal en
relación con el artículo 426 “eiusdem”; y de acuerdo con lo ordenado en el
artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala Penal admite dicho
recurso y convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un
plazo no menor de quince días ni mayor de treinta.
Publíquese, regístrese y
notifíquese a la partes. Ofíciese lo conducente.
El Magistrado Presidente,
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE
El Magistrado
Vicepresidente,
HÉCTOR CORONADO FLORES
El Magistrado,
ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
Ponente
La Magistrada,
BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
La Magistrada,
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS
La Secretaria,
Exp. 04-178
AAF/sd