Caracas, 10 de mayo de 2005

 

 

195° y 146°

 

Visto el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado HENRY SÁNCHEZ, Defensor de los ciudadanos acusados WILMER ANTONIO ARVELO ARIAS, venezolano e identificado con la cédula de identidad V-15.820.847 y JEAN CARLOS BASTARDO GRANADO, venezolano e identificado con la cédula de identidad V-15.507.450, contra la sentencia dictada el 16 de diciembre de 2003 por la Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensa y por tanto confirmó la decisión de primera instancia que condenó a los ciudadanos acusados a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias correspondientes, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, tipificado en el ordinal 1° del artículo 408 del Código Penal en relación con el artículo 426 “eiusdem”; y de acuerdo con lo ordenado en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, la Sala Penal admite dicho recurso y convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta.

 

Publíquese, regístrese y notifíquese a la partes. Ofíciese lo conducente.

 

 

El Magistrado Presidente,

 

 

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE

 

 

El Magistrado Vicepresidente,

 

 

HÉCTOR CORONADO FLORES

 

 

El Magistrado,

 

 

ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS

Ponente

 

 

La Magistrada,

 

 

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN

 

 

La Magistrada,

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS

 

 

La Secretaria,

 

 

GLADYS HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

 

 

Exp. 04-178

AAF/sd