Caracas, 08 de Noviembre de 2005

195° y 146°

 

 

Ponencia de la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León.

 

 

El 30 de mayo de 2005, el Defensor Público Cuarto Penal de la Unidad de Defensa Pública del Estado Monagas, abogado LUIS RAFAEL MARIN en el ejercicio de la defensa del ciudadano HECTOR ORLANDO VIVAS GONZALEZ, venezolano, titular de  la cédula de  identidad No. V. 3.247.900, a quien se le sigue juicio por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN,  previsto en el ordinal 1º del artículo 408 en concordancia con los artículos 80 y 82, todos del Código Penal, interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, la cual el 29 de septiembre del año 2000, dictó los siguientes pronunciamientos:

 

PRIMERO: DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el defensor del acusado.

 

SEGUNDO: CONDENO al ciudadano HECTOR ORLANDO VIVAS GONZALEZ, venezolano, titular de  la   cédula   de  identidad  No.  V. 3.247.900, a cumplir la pena de 10 AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias legales por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN,  previsto en el ordinal 1º del artículo 408 del Código Penal, en concordancia con los artículos 13, 80 y 82, todos del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas ANA DEL VALLE JIMÉNEZ DE SUPPINI y ZORAIDA REYES DE ZUPPINI.

 

TERCERO: DECRETO EL SOBRESEIMIENTO de la causa en cuanto a los delitos de USO INDEBIDO DE ARMAS y PORTE ILICITO DE ARMAS, previsto en los artículos 282 y 278  del Código Penal, por haber prescrito la acción penal.

 

CUARTO: MODIFICO la sentencia que lo había condenado a cumplir la pena de 10 AÑOS, 22 DIAS, 5 HORAS y 20 MINUTOS, dictada al acusado el 23 de abril de 1996 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal de ese Circuito Judicial.

 

Esta Sala de Casación Penal, del Tribunal Supremo de Justicia de conformidad con lo ordenado en el artículo 466 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA ADMISIBLE dicho recurso y, en consecuencia, CONVOCA a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) días ni mayor de treinta (30) días.

 

Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.

 

El Magistrado Presidente,

 

Eladio Aponte Aponte

 

El Magistrado Vicepresidente,                   El Magistrado,

 

Héctor  Coronado Flores                           Alejandro Angulo Fontiveros

 

La Magistrada Ponente,                              La Magistrada,

 

Blanca Rosa Mármol de León                    Deyanira Nieves Bastidas

 

La Secretaria,

 

Gladys Hernández González

 

BRMdL/rder.

RC EXP. No. 05-0346