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SALA DE CASACIÓN SOCIAL
Caracas, catorce (14)
de abril de 2005. Años: 194° y 146°.
En el
juicio de cobro de diferencia de prestaciones sociales seguido por la ciudadana
CAROLINA MERCEDES DELLAN, representada
judicialmente por la abogada Anabel Camejo Marín contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ROSARIO, C.A.,
representada judicialmente por los abogados José Vicente Santana Osuna, José
Vicente Santana Romero, Schlaynker Johann Figueroa Polanco, Yelitzer Margarita
Mendoza García, Diomedes Potentini, Rafael Antonio Fuguet Alba y José Manuel
Rodríguez, el Juzgado Primero Superior del Trabajo de
Contra esa decisión, la apoderada
judicial de la parte actora recurrente, interpuso el recurso de control de la
legalidad en fecha 5 de octubre de 2004.
Recibido
el expediente, se designó ponente al Magistrado quien con tal carácter suscribe
el presente fallo. En fecha 17 de enero del año en curso, tomaron posesión de
sus cargos los Magistrados designados para
Siendo la oportunidad legal para ello, pasa esta Sala de
Casación Social a pronunciarse sobre su admisibilidad en los siguientes
términos:
El artículo 178 de
Esta
Sala de Casación Social en decisión de fecha 20 de febrero de 2003, expresó que
“...este medio de impugnación excepcional
es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias
emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, todo ello además en procura de
la celeridad que cada caso amerita, pues de producirse alguna violación con
estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva,
recurribles estas últimas ante esta Sala de Casación Social a través de los
medios de impugnación permitidos por
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de
Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de
No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Publíquese, regístrese y
remítase el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del
Trabajo de
El
Presidente de
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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
Magistrado, Magistrada,
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ALFONSO VALBUENA C. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
El Secretario,
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Nota: Publicada en su fecha a las
El Secretario,