Caracas, dieciocho (18) de abril de 2012 : 201° y 153°.

 

Mediante escrito presentado ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social en fecha cuatro (04) de noviembre del año 2009, el ciudadano LUIS ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS, representado judicialmente por el abogado José Tulene Quintero, solicitó el avocamiento de esta Sala de Casación Social del juicio sobre el régimen de convivencia familiar de su menor hija I.S.A.F., cursante ante la Sala de Juicio N° 02 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.

En fecha once (11) de marzo del año 2010, esta Sala de Casación Social, ordenó solicitar el expediente principal a la Sala de Juicio antes referida, así como el expediente contentivo de otras actuaciones relacionadas con dicho juicio a la Corte Superior Primera del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial a los fines de su revisión y examen para verificar la procedencia o no de la presente solicitud de avocamiento.

Por cuanto en fecha siete (07) de diciembre del año 2010, fueron designados por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, nuevos Magistrados Suplentes de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de constituir la Sala accidental en el presente juicio, en fecha veintiuno (21) de febrero del año 2011 se ordenó la convocatoria de la tercera suplente, Dra. Carmen Esther Gómez, a fin de que se avoque al conocimiento de la presente causa.

Aceptada la convocatoria, en fecha veintidós (22) de febrero del año 2011 se constituyó la Sala accidental de la siguiente manera: Magistrados Dres. OMAR MORA DÍAZ y ALFONSO VALBUENA CORDERO, Presidente y Vicepresidente, respectivamente; Magistrado LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ, Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS, y la tercera suplente CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA. Se designó Secretario al Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y Alguacil al ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO y conserva la ponencia inicial el Magistrado Dr. ALFONSO VALBUENA CORDERO.

En fecha veintitrés (23) de enero de 2012, mediante sentencia Nº 12, esta Sala declaró admisible la solicitud de avocamiento presentada.

Mediante diligencia consignada el veinte (20) de marzo de 2012, por los abogados Sheila Yanira Fonseca Rivas y Luis Alejandro Angulo Fontiveros, plenamente identificados en autos, dejan constar que desisten de las acciones y procedimientos propuestos en todo lo concerniente a la niña I.S.A.F.

Siendo la oportunidad procesal para ello, se procede a dictar la decisión:

Ú N I C O

Por diligencia de fecha veinte (20) de marzo de 2012, los abogados Sheila Yanira Fonseca Rivas  y Luis Alejandro Angulo Fontiveros, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 8.545 y 97.977, respectivamente, actuando en ambos en nombre propio exponen: “…Desistimos de la acción y del procedimiento en todas las causas incoadas en el presente juicio y en especial SHEILA YANIRA FONSECA RIVAS desiste de la demanda relacionada con el régimen de visitas y LUIS ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS desiste de la demanda relacionada con la privación de custodia. De manera expresa declaramos que de modo recíproco aceptamos sendos desistimientos de las respectivas contrapartes y que no tenemos nada que reclamar por ese concepto.”.

En virtud del desistimiento manifestado por ambas partes, esta Sala, conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, declarará consumado el desistimiento de la acción y del procedimiento incoados en el presente juicio, Así se decide.

 

D E C I S I  Ó N

              En virtud de lo precedentemente expresado, esta Sala de Casación Social (Accidental) del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley;  1º) declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento incoados en el presente juicio por los abogados Sheila Yanira Fonseca Rivas y Luis Alejandro Angulo Fontiveros, respectivamente. 2º ORDENA remitir los expedientes relacionados con la presente causa al Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, a los fines que ordene el archivo de la causa respectiva.

Publíquese, regístrese y remítase con copia certificada de la presente decisión los expedientes relacionados en la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Adopción Internacional igualmente, archívese el cuaderno que contiene la solicitud de avocamiento y esta decisión en la Secretaría de la Sala.

El Presidente de la Sala,

 

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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

Vicepresidente-ponente,                                                                              Magistrado,

 

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ALFONSO VALBUENA CORDERO             LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ

 

Magistrada,                                                                                Magistrada Suplente,

 

_________________________________                      ________________________ CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA                     CARMEN ESTHER GÓMEZ

 

El Secretario,

 

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MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

Exp. Nº AA60-S-2009-0001407.

Nota: Publicada en su fecha a

 

 

 

 

El Secretario,