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SALA
DE CASACIÓN SOCIAL
Caracas,
28 de abril de 2005. Años: 194º y 146º.
En el
juicio de revisión y modificación de guarda de los niños JUAN MANUEL y
CARLOS ALBERTO MARQUES HENRÍQUEZ incoado por el ciudadano CARLOS
MARQUES, representado por la abogada Karin Brandt Mirabal, en contra de la
ciudadana CAROLA TERESA HENRÍQUEZ SOCORRO, sin representación judicial,
el Juez N° 1 de
La parte actora impugnó la referida decisión mediante la solicitud de regulación de la competencia, y en consecuencia el mencionado Tribunal, ordenó remitir el expediente al Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil.
En
fecha 17 de enero del año en curso, tomaron posesión de sus cargos los
Magistrados designados para
Recibido el expediente se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado quien con tal carácter suscribe este fallo y con vista de los elementos que cursan en autos, se pasa a decidir sobre la base de las siguientes consideraciones:
El
artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, dispone que “la solicitud de
regulación de la competencia se propondrá ante el juez que se haya pronunciado
sobre la competencia, aún en los casos de los artículos 51 y 61, expresándose
las razones o fundamentos que se alegan. El juez remitirá inmediatamente copia
de la solicitud al Tribunal Superior de
De lo anterior se desprende que el Juzgado de la causa al remitir el expediente a esta Sala de Casación Social, no tramitó la solicitud de regulación de la competencia conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, puesto que lo planteado es una impugnación de una decisión sobre la competencia y esta petición, sin duda alguna, corresponde ser resuelta por el Tribunal Superior de aquel que dictó la decisión impugnada.
En consecuencia, esta Sala
considera que no es competente para decidir la solicitud de regulación de la
competencia y declina el conocimiento del presente asunto en
DECISIÓN
Por las
razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación
Social, administrando justicia en nombre de
Publíquese, regístrese y
remítase el expediente a
El
Presidente de
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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
Magistrado, Magistrada,
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ALFONSO VALBUENA C. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
El Secretario,
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Reg. N° AA60-S-2004-001569
Nota: Publicada en su fecha a las
El
Secretario