SALA DE CASACIÓN SOCIAL

05-1328

 
 


Ponencia del Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

                   En el juicio que por daños materiales y morales, sigue la ciudadana AURA GUERRERO, representada judicialmente por el Abogado José Rafael Marvalgómez, contra la empresa TEXTILERA HARRISON, S.A., representada judicialmente por los Abogados Luis Rafael Rivas, Lenor Rivas de Lárez, Elisa Martínez Castejón, Mario Lárez Díaz y Henry Lárez Rivas; el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en reenvío, dictó sentencia en fecha 29 de abril de 2005, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación legal de la parte actora y parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada.

 

                   Contra la mencionada decisión de Alzada la parte actora anunció recurso de casación, el cual una vez admitido, se ordenó la remisión a esta Sala de Casación Social.

 

                   En fecha 28 de julio de 2005, la parte recurrente presentó el respectivo escrito de formalización. 

 

       Recibido el expediente por esta Sala de Casación Social, se dio cuenta  en fecha 9 de agosto de 2005, y le correspondió la ponencia al Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz.

Siendo la oportunidad, se pasa a decidir el presente recurso bajo las siguientes consideraciones:

 

Ú N I C O

 

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal.

 

                  El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso.

 

En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del presente recurso de casación, se constata, que el mismo comenzó a correr en fecha primero (1°) de julio de 2005, día siguiente al último de los cinco (5) días hábiles que se confieren para el anuncio, y venció el día veinte (20) de julio del mismo año.

 

                  En este sentido, observa la Sala que si bien el recurso de casación interpuesto por la parte actora fue anunciado oportunamente, sin embargo, presentó su respectivo escrito de formalización el día veintiocho (28) de julio de 2005, es decir, con posterioridad al vencimiento del lapso establecido para formalizar, por lo que su presentación resulta extemporánea y, en consecuencia, esta Sala considera perecido el recurso de casación interpuesto. Así se decide.

            

D E C I S I Ó N

 

                  Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara  PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra el fallo emitido en fecha 29 de abril de 2005, por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

Se condena en costas a la parte actora recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                   Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que lo envíe al Tribunal correspondiente. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

                   Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas a los treinta y uno (31) días del mes de octubre de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

 

El Presidente de la Sala y Ponente,

 

 

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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

 

El Vicepresidente,                                                                Magistrado,

 

 

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JUAN RAFAEL PERDOMO                       ALFONSO VALBUENA CORDERO

 

 

Ma-

 

gistrado,                                                                              Magistrada,

 

 

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LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ   CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

 

El Secretario,

 

 

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JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

R.C. N° AA60-S-2005-001328

Nota: Publicada en su fecha a

 

 

 

 

El Secretario,