Caracas,  13  de febrero de 2006

195° y 146°

Expediente AA70-E-2005-000102

 

            En fecha 24 de octubre de 2005, el Juzgado de Sustanciación de esta Sala admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Carlos Enrique Carrasco contra el acto de fecha diez (10) de agosto de 2005, emanado de la Junta Municipal del Municipio Torres del Estado Lara, mediante el cual se proclamó como Concejal de ese Municipio a la ciudadana Ada Camacaro Rondón.

 

Por auto de fecha 19 de noviembre de 2005 se designó Ponente al Magistrado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente.

 

            Esta Sala, a los fines de emitir pronunciamiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 238 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y 21, décimo tercer aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordena librar oficio solicitando al Consejo Nacional Electoral que, dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a la notificación del presente auto, consigne ante esta Sala, los siguientes recaudos:

 

            1.- Acta de Totalización y Adjudicación correspondiente al proceso de elección de Concejales y Miembros de Juntas Parroquiales por el Circuito número 2 del Municipio Torres del Estado Lara.

 

            2.- Cuaderno de Votación correspondiente al Acta de Escrutinio número 110611005-01-1-0268-6 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela “Est La Lucía” (sic) en el Caserío La Lucía, Parroquia El Blanco en el Municipio Torres del Estado Lara.

 

            3.- Boletas de votación correspondientes a las siguientes Actas de Escrutinio:

 

3.1.- Acta de Escrutinio 110614003-01-1-0268-9 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Unitaria 245 en el Caserío La Candelaria, Parroquia Las Mercedes del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.2.- Acta de escrutinio 110614006-01-1-0268-3 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Unitaria en el Caserío Los Aceitunos, Parroquia Las Mercedes del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.3.- Acta de Escrutinio 110612007-02-1-0268-0 de la mesa de votación 2, ubicada en el Centro de Votación Esc Conc Matagey en el Caserío Matagey, Parroquia Montañas Verdes, del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.4.- Acta de Escrutinio 110612002-01-1-0268-6 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Unitaria 638 en la Comunidad de Puerto Rico, Parroquia Montañas Verdes del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.5.- Acta de Escrutinio 110612009-01-1-0268-9 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Nacional Sicare en el Caserío Sicare, Parroquia Montañas Verdes del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.6.- Acta de Escrutinio 110612006-01-1-0268-2 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Unitaria 174 en el Caserío Jirajara, Parroquia Montañas Verdes del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.7.- Acta de Escrutinio 110612007-01-1-0268-1 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Conc Matagey en el Caserío Matagey, Parroquia Montañas Verdes del Municipio Torres del Estado Lara.

 

3.8.- Acta de Escrutinio 110611005-01-1-0268-6 de la mesa de votación 1, ubicada en el Centro de Votación Escuela Estadal La Lucía en el Caserío La Lucía, Parroquia El Blanco en el Municipio Torres del Estado Lara.

 

Remítase junto al oficio copia certificada del presente auto.

 

El Presidente,

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

 

 

El Vicepresidente,

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

 

 

Magistrado-Ponente,

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

 

Magis-…/…

…/…trado,

 

 

RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO

 

 

Magistrado,

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

El Secretario,

 

 

 

ALFREDO DE STEFANO PÉREZ

 

 

LMH/-

Exp. Nº AA70-E-2005-000102

 

En trece (13) de febrero de 2006, siendo la una y cincuenta y cinco de la tarde (1:55 pm.), se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 23, se deja constancia que ésta no se encuentra firmada por el Magistrado Rafael A. Rengifo, quien no asistió a la sesión por motivo justificado.

 

                                                                                  El Secretario,